Permisos y condiciones del convenio estatal de comercio del papel y artes gráficas
Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas (2024-2026) · Texto: BOE núm. 227 (14 de septiembre de 2026) · verificado el 12 de octubre de 2026
En resumen: 15 días por matrimonio · 5 días por hospitalización de un familiar · 2 días por mudanza · 30 días naturales de vacaciones. Abajo, cada uno con su artículo y comparado con el mínimo del Estatuto de los Trabajadores.
Información orientativa sacada del texto oficial del convenio, no asesoramiento legal. Cada fila lleva la cita literal y el artículo: si tu caso tiene matices, manda lo que diga el texto completo.
Permisos retribuidos
Matrimonio o registro de pareja de hecho
- 15 días por matrimonio o constitución de pareja de hecho; si es en día no laborable, empieza a contar el primer día laborable siguiente. Casarse después con la misma pareja no da un permiso nuevo.
Uno cuenta días naturales y el otro laborables o sin precisar: rige lo más favorable para ti; compáralo con las dos citas. Estatuto (art. 37.3.a): 15 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«Quince días en caso de matrimonio de las personas trabajadoras»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención de un familiar Igual que el Estatuto
- 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado o un conviviente que necesite cuidado; se pueden usar mientras dure la situación, incluso en días alternos.
El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.3.b): 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado, o de un conviviente que necesite cuidado.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Fallecimiento de un familiar Igual que el Estatuto
- 7 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado; si es en día no laborable, empieza el primer día laborable siguiente.
- 2 días por fallecimiento de parientes hasta segundo grado; 2 más si hay que desplazarse.
El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.3.b bis): 2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 2 más si hay que desplazarse.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«En caso de que se trate del fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado por consanguinidad o afinidad, la licencia tendrá una duración de siete días.»
«Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Traslado de domicilio (mudanza) Mejora el Estatuto
- 2 días por traslado del domicilio habitual, si la mudanza es en día laborable.
El convenio mejora el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.3.c): 1 día por traslado del domicilio habitual.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«Dos días por traslado de domicilio habitual, siempre que se realice en día laborable.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Boda de un familiar
- 1 día natural por la boda de padres, hijos o hermanos, el día de la ceremonia.
El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«Un día natural en caso de matrimonio de padres, hijos o hermanos, en la fecha de celebración de la ceremonia.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Asuntos propios o libre disposición
- El tiempo preciso, justificándolo, para asuntos propios que no admitan demora y sean de indudable necesidad (no son días de libre disposición).
El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«Por el tiempo preciso, y con justificación del mismo, ante la necesidad de atender personalmente asuntos propios que no admitan demora, demostrando su indudable necesidad.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Consulta médica
- El tiempo preciso, justificándolo, para ir al médico por enfermedad propia en horas de trabajo.
- 16 horas al año para acompañar al médico a familiares de primer grado con discapacidad del 33 % o más, o en tutela o curatela.
- El tiempo preciso, justificándolo, para acompañar al médico a hijos de hasta 16 años.
El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«Por el tiempo preciso, y con justificación del mismo, cuando por razón de enfermedad las personas trabajadoras precisen la asistencia a consultorio médico en horas coincidentes con su jornada laboral.»
«A 16 horas anuales para acompañar a visitas médicas a familiares de primer grado que reúnan alguno de los requisitos siguientes»
«Por el tiempo preciso, y con justificación del mismo, para asistencia a consultorio médico acompañando a hijos hasta los 16 años.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Exámenes por estudios
- El tiempo indispensable para examinarse si se cursan estudios oficiales con regularidad.
El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.
Lo que dice el convenio (Artículo 38)
«Cuando las personas trabajadoras cursen con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional, disfrutarán del tiempo indispensable para asistir a los exámenes correspondientes.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 38 · verificado el 12 de octubre de 2026
Vacaciones
Vacaciones anuales Igual que el Estatuto
- 30 días naturales al año; al menos la mitad, en el verano escolar de cada comunidad, salvo las excepciones del convenio.
El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 38.1): Como mínimo 30 días naturales de vacaciones al año, que no se pueden cambiar por dinero.
Lo que dice el convenio (Artículo 37)
«Todo el personal disfrutará anualmente de unas vacaciones retribuidas de 30 días naturales.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 37 · verificado el 12 de octubre de 2026
Excedencias
Excedencia voluntaria Igual que el Estatuto
- Hace falta al menos un año de antigüedad.
- Como máximo 5 años; hay que pedir el reingreso al menos un mes antes de que termine.
- Como mínimo 4 meses.
- La empresa debe conceder una excedencia de hasta un año si hay motivos serios y justificados (familiares, terminar estudios…).
El convenio iguala lo que dice el Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 46.2): Hace falta al menos un año de antigüedad en la empresa.
Lo que dice el convenio (Artículo 42)
«El personal con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria»
«por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años.»
«La empresa concederá preceptivamente la excedencia voluntaria, por tiempo no superior a un año, cuando medien fundamentos serios, debidamente justificados de orden familiar, terminación de estudios, etc.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 42 · verificado el 12 de octubre de 2026
Preaviso
Preaviso para dejar la empresa (dimisión)
- Al menos 15 días naturales de preaviso; si no se cumple, la empresa puede descontar un día de salario por cada día de retraso.
El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio. Estatuto (art. 49.1.d): El ET no fija plazo: el preaviso para dimitir es el del convenio o, si no lo dice, la costumbre del lugar.
Lo que dice el convenio (Artículo 23)
«al menos con 15 días naturales de anticipación a la fecha en que se haya de dejar de prestar servicios.»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 23 · verificado el 12 de octubre de 2026
Jornada
Jornada máxima
- Como máximo 1.772 horas de trabajo efectivo al año.
Convenio y Estatuto no se pueden comparar cifra a cifra: compáralos con las dos citas. Estatuto (art. 34.1): Como máximo 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
Lo que dice el convenio (Artículo 33)
«la jornada máxima laboral anual será de 1.772 horas de trabajo efectivo»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 33 · verificado el 12 de octubre de 2026
Complemento de la baja (incapacidad temporal)
Complemento de la baja (incapacidad temporal)
- En la baja por enfermedad o accidente, la empresa completa hasta el total de las retribuciones: hasta 12 meses si es enfermedad común y hasta 18 si es accidente de trabajo.
Sin comparación con el Estatuto: no fija un mínimo equivalente.
Lo que dice el convenio (Artículo 51)
«la empresa completará las prestaciones obligatorias, hasta el importe íntegro de sus retribuciones, hasta el límite de doce meses en el caso de enfermedad común, y dieciocho meses para el de accidente de trabajo»
Fuente: BOE núm. 227, Artículo 51 · verificado el 12 de octubre de 2026
¿Tu caso es distinto?
Pregúntaselo a tu convenio: te contestamos con el artículo que lo dice, o te decimos que no consta.
Permisos de otros convenios
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de comercio del papel y artes gráficas por matrimonio o registro de pareja de hecho?
15 días por matrimonio o constitución de pareja de hecho; si es en día no laborable, empieza a contar el primer día laborable siguiente. Casarse después con la misma pareja no da un permiso nuevo. (Artículo 38).
¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de comercio del papel y artes gráficas por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención de un familiar?
5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado o un conviviente que necesite cuidado; se pueden usar mientras dure la situación, incluso en días alternos. (Artículo 38).
¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de comercio del papel y artes gráficas por fallecimiento de un familiar?
7 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado; si es en día no laborable, empieza el primer día laborable siguiente. 2 días por fallecimiento de parientes hasta segundo grado; 2 más si hay que desplazarse. (Artículo 38).
¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de comercio del papel y artes gráficas por traslado de domicilio (mudanza)?
2 días por traslado del domicilio habitual, si la mudanza es en día laborable. (Artículo 38).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio estatal de comercio del papel y artes gráficas?
30 días naturales al año; al menos la mitad, en el verano escolar de cada comunidad, salvo las excepciones del convenio. (Artículo 37).