Permisos y condiciones del convenio estatal de instalaciones deportivas y gimnasios

V Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios (2023-2025) · Texto: BOE núm. 23 (26 de enero de 2024) · verificado el 21 de octubre de 2026

En resumen: 15 días naturales por matrimonio · 3 días por fallecimiento de un familiar · 5 días por hospitalización de un familiar · 1 día por mudanza · 23 días laborables de vacaciones. Abajo, cada uno con su artículo y comparado con el mínimo del Estatuto de los Trabajadores.

Información orientativa sacada del texto oficial del convenio, no asesoramiento legal. Cada fila lleva la cita literal y el artículo: si tu caso tiene matices, manda lo que diga el texto completo.

Permisos retribuidos

Matrimonio o registro de pareja de hecho Igual que el Estatuto

  • 15 días naturales por matrimonio o inscripción en el registro de parejas de hecho.

El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.3.a): 15 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«1. Quince días naturales en caso de matrimonio o Registro de Parejas de Hecho.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención de un familiar Igual que el Estatuto

  • 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo en casa del cónyuge, la pareja de hecho, un pariente hasta segundo grado o quien conviva contigo y necesite tu cuidado; se cuentan desde el día laborable siguiente a pedirlo.

El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.3.b): 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado, o de un conviviente que necesite cuidado.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«2. Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Fallecimiento de un familiar Mejora el Estatuto

  • 3 días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte más de 150 km. Se cuentan desde el día laborable siguiente.

El convenio mejora el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.3.b bis): 2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 2 más si hay que desplazarse.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«3. Tres días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento superior a 150 km de su residencia, el plazo se ampliará en dos días.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Traslado de domicilio (mudanza) Igual que el Estatuto

  • 1 día por traslado de tu domicilio habitual.
  • 2 días si tienes que desplazarte más de 75 km.

El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.3.c): 1 día por traslado del domicilio habitual.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«5. Un día por traslado de domicilio habitual y dos días en el caso de que la persona trabajadora tuviera que desplazarse más de 75 km.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Fuerza mayor por motivos familiares urgentes Igual que el Estatuto

  • Por motivos familiares urgentes de enfermedad o accidente que exijan tu presencia inmediata, se pagan las horas de ausencia equivalentes a 4 días al año.

El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.9): Ausencias por fuerza mayor por motivos familiares urgentes; se pagan las horas equivalentes a cuatro días al año.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

Cuidado del lactante Igual que el Estatuto

  • 1 hora de ausencia al día, divisible en dos medias horas, por lactancia de un hijo menor de nueve meses; o media hora de reducción de jornada, o 15 días laborables acumulados.

El convenio iguala el mínimo del Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 37.4): Una hora de ausencia al día, divisible en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que cumpla nueve meses.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«10. Las personas trabajadoras por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones de media hora.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

Deber inexcusable de carácter público y personal

  • El tiempo indispensable para un deber inexcusable público y personal, acreditándolo antes; si te pagan una indemnización por él, se descuenta del salario.

El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio. Estatuto (art. 37.3.d): El tiempo indispensable para cumplir un deber inexcusable de carácter público y personal, incluido votar.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«6. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, debiendo acreditar previamente de manera fehaciente, los motivos y circunstancias de estos.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

Exámenes prenatales y preparación al parto

  • Los permisos necesarios para exámenes prenatales y preparación al parto, si tienen que ser dentro de la jornada.

El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«9. Se concederán los permisos necesarios a las trabajadoras embarazadas para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

Asuntos propios o libre disposición

  • 3 jornadas de asuntos propios al año, sin justificar, pedidas con al menos cuarenta y ocho horas; el año de entrada, según el cuatrimestre en que empieces. La empresa no puede negarlas más de dos veces.

El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«4. Cada persona trabajadora tendrá derecho a tres jornadas de licencia retribuida por asuntos propios por año natural.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

Consulta médica

  • Hasta 16 horas al año para ir al médico o acompañar a ascendientes o descendientes que convivan contigo o lo necesiten, en la sanidad pública o privada; avisando con veinticuatro horas.

El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«12. Las personas trabajadoras, previo aviso y posterior justificación, tendrán derecho a permisos retribuidos de cómo máximo dieciséis horas anuales de duración»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Exámenes por estudios

  • El tiempo indispensable para exámenes si cursas estudios para un título académico o de capacitación profesional, avisando y justificándolo.

El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio.

Lo que dice el convenio (Artículo 30)
«8. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes, previo aviso y justificación de los mismos a la empresa, cuando el trabajador curse estudios para la obtención de un título académico o de capacitación profesional.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 30 · verificado el 21 de octubre de 2026

Vacaciones

Vacaciones anuales

  • 23 días laborables al año, en hasta tres bloques: 15 días laborables seguidos entre el 1 de junio y el 30 de septiembre y dos bloques más de al menos 3 días; conoces las fechas con dos meses de antelación.

Uno cuenta días naturales y el otro laborables o sin precisar: rige lo más favorable para ti; compáralo con las dos citas. Estatuto (art. 38.1): Como mínimo 30 días naturales de vacaciones al año, que no se pueden cambiar por dinero.

Lo que dice el convenio (Artículo 34)
«Las personas trabajadoras tendrán derecho a veintitrés días laborables de vacaciones al año, estableciéndose su periodo de disfrute en un máximo de tres bloques de días consecutivos que se reseñan seguidamente.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 34 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Periodo de prueba

Periodo de prueba

  • Contratos temporales por circunstancias de la producción ocasionales y de duración reducida: hasta 15 días.
  • Grupos 1 y 2: hasta 3 meses.
  • Grupos 3, 4 y 5: hasta 2 meses.

El Estatuto solo fija un máximo para cuando el convenio no dice nada: rige el del convenio.

Lo que dice el convenio (Artículo 17)
«el periodo de prueba no podrá ser superior a quince días.»
«- Grupos 1 y 2: Tres meses.»
«- Grupos 3, 4 y 5: Dos meses.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 17 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Preaviso

Preaviso para dejar la empresa (dimisión)

  • Grupos 1 y 2: avisa por escrito con 2 meses; si no, te descuentan un día de salario por cada día de retraso.
  • Grupos 3, 4 y 5: avisa por escrito con 15 días.

El Estatuto no fija una cifra para esto: rige lo que diga el convenio. Estatuto (art. 49.1.d): El ET no fija plazo: el preaviso para dimitir es el del convenio o, si no lo dice, la costumbre del lugar.

Lo que dice el convenio (Artículo 17)
«- Grupos 1 y 2: Dos meses.»
«- Grupos 3, 4 y 5: Quince días.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 17 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Jornada

Jornada máxima

  • Jornada de 1.752 horas de trabajo efectivo al año durante la vigencia del convenio.

Convenio y Estatuto no se pueden comparar cifra a cifra: compáralos con las dos citas. Estatuto (art. 34.1): Como máximo 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

Lo que dice el convenio (Artículo 26)
«Durante la vigencia del convenio la jornada en cómputo anual será de 1.752 horas de jornada efectiva.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 26 · verificado el 21 de octubre de 2026

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Horas ordinarias por día Igual que el Estatuto

  • A jornada completa, entre 6 y 9 horas al día.

El convenio iguala lo que dice el Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 34.3): Como máximo 9 horas ordinarias al día, salvo otra distribución pactada.

Lo que dice el convenio (Artículo 26)
«El número de horas diarias de las personas trabajadoras a jornada completa no podrá ser superior a nueve horas ni inferior a seis horas.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 26 · verificado el 21 de octubre de 2026

Descanso entre jornadas Igual que el Estatuto

  • Al menos 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente.

El convenio iguala lo que dice el Estatuto de los Trabajadores. Estatuto (art. 34.3): Al menos 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.

Lo que dice el convenio (Artículo 26)
«Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberá haber doce horas de intervalo.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 26 · verificado el 21 de octubre de 2026

Complemento de la baja (incapacidad temporal)

Complemento de la baja (incapacidad temporal)

  • Baja por accidente laboral o enfermedad profesional: la empresa completa hasta el total de la base de cotización.
  • Baja por enfermedad común: complemento hasta el total de la base de cotización solo si hay hospitalización, y durante la recuperación.

Sin comparación con el Estatuto: no fija un mínimo equivalente.

Lo que dice el convenio (Artículo 59)
«En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, la persona trabajadora tendrá derecho a un complemento hasta el total de la base de cotización.»
«En caso de enfermedad común se complementará hasta el total de la base de cotización, solo en caso de hospitalización y su recuperación.»

Fuente: BOE núm. 23, Artículo 59 · verificado el 21 de octubre de 2026

¿Tu caso es distinto?

Pregúntaselo a tu convenio: te contestamos con el artículo que lo dice, o te decimos que no consta.

Pregunta a tu convenio

Permisos de otros convenios

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de instalaciones deportivas y gimnasios por matrimonio o registro de pareja de hecho?

15 días naturales por matrimonio o inscripción en el registro de parejas de hecho. (Artículo 30).

¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de instalaciones deportivas y gimnasios por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención de un familiar?

5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo en casa del cónyuge, la pareja de hecho, un pariente hasta segundo grado o quien conviva contigo y necesite tu cuidado; se cuentan desde el día laborable siguiente a pedirlo. (Artículo 30).

¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de instalaciones deportivas y gimnasios por fallecimiento de un familiar?

3 días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte más de 150 km. Se cuentan desde el día laborable siguiente. (Artículo 30).

¿Cuántos días de permiso da el convenio estatal de instalaciones deportivas y gimnasios por traslado de domicilio (mudanza)?

1 día por traslado de tu domicilio habitual. 2 días si tienes que desplazarte más de 75 km. (Artículo 30).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio estatal de instalaciones deportivas y gimnasios?

23 días laborables al año, en hasta tres bloques: 15 días laborables seguidos entre el 1 de junio y el 30 de septiembre y dos bloques más de al menos 3 días; conoces las fechas con dos meses de antelación. (Artículo 34).