Días de permiso por fallecimiento de un familiar según tu convenio
29 convenios con su texto íntegro verificado contra el boletín oficial · actualizado el 21 de octubre de 2026
El mínimo legal: Estatuto de los Trabajadores
- Art. 37.3.b bis2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 2 más si hay que desplazarse.
Lo que dice el Estatuto
«Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.»
Real Decreto Legislativo 2/2015, texto consolidado del BOE (BOE-A-2015-11430).
Un convenio puede mejorar este mínimo, nunca empeorarlo: si da menos, se aplica el Estatuto.
De los 29 convenios: 7 mejoran el Estatuto, 8 lo mejoran solo si no hay desplazamiento, 3 lo igualan y en 1 rige el Estatuto porque el convenio da menos. En los otros 10, convenio y Estatuto cuentan los días de otra forma: compáralos con las dos citas.
Lo que da cada convenio
| Convenio | Lo que da | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Estatal de acción e intervención social | 3 días naturales, al menos 2 laborables, por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que trasladarte a más de 200 km. | Ver cita | Artículo 29 |
| Estatal de agencias de viajes | 2 días laborables por el fallecimiento de abuelos o nietos, o 4 si hay desplazamiento (fuera de tu provincia o entre islas). Con desplazamiento, 4 días laborables por el fallecimiento de abuelos o nietos. 6 días naturales por el fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, padres o hijos, contados desde el primer día laborable; nunca menos de 2 días laborables, o 4 con desplazamiento. 3 días naturales por el fallecimiento de un hermano o hermana; nunca menos de 2 días laborables, o 4 con desplazamiento. | Ver cita | Artículo 28 |
| Estatal de artes gráficas, papel, cartón y editoriales | 2 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; 2 días más si hay que desplazarse. | Ver cita | Artículo 8.5 |
| Estatal de la banca | 2 días laborables por el fallecimiento de un familiar hasta segundo grado; 2 días laborables más si el desplazamiento te obliga a dormir fuera. 5 días laborables por el fallecimiento del cónyuge o de un descendiente; 2 más si tienes que dormir fuera. | Ver cita | Artículo 31 |
| Estatal de centros y servicios veterinarios | 3 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; si hay que desplazarse, se aplica lo que dice el Estatuto (art. 37.3.b bis). | Mejora sin desplazamiento | Artículo 46 |
| Estatal de cadenas de tiendas de conveniencia | Dos días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad; dos días más si tienes que desplazarte. | Igual que el Estatuto | Artículo 34 |
| Estatal de comercio del papel y artes gráficas | 7 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado; si es en día no laborable, empieza el primer día laborable siguiente. 2 días por fallecimiento de parientes hasta segundo grado; 2 más si hay que desplazarse. | Igual que el Estatuto | Artículo 38 |
| Estatal de distribuidores farmacéuticos | 3 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado. Las licencias se disfrutan en días laborables desde el primer día laborable. 4 días en total si hay que desplazarse. | Mejora sin desplazamiento | Artículo 27 |
| Estatal de estaciones de servicio | 5 días laborables por el fallecimiento del cónyuge o de familiares hasta tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad; 1 día más si te desplazas a más de 350 km, y otro más pasados 450 km. | Mejora el Estatuto | Artículo 26 |
| Estatal de comercio de flores y plantas | 7 días si el fallecimiento es fuera de España. 5 días naturales si el fallecimiento es fuera de tu localidad y a más de 200 km. Entre la localidad y 200 km el convenio no fija cifra: rige el Estatuto. 3 días por fallecimiento de parientes hasta segundo grado si es en la localidad donde vives (en días laborables, art. 28). | Mejora sin desplazamiento | Artículo 28 |
| Estatal de grandes cadenas de textil y calzado | 3 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho registrada o familiares de primer y segundo grado; 2 días más si hay que desplazarse. | Mejora el Estatuto | Artículo 24 |
| Estatal de mayoristas de químicos y droguería | 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte. | Ver cita | Artículo 43 |
| Estatal de droguerías y perfumerías | 3 días hábiles por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado. 6 días si el desplazamiento es fuera de España. 5 días si tienes que desplazarte a otra provincia. | Mejora sin desplazamiento | Artículo 36 |
| Estatal de reposición y marketing operacional | 4 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado, desplazamientos incluidos. | Mejora sin desplazamiento | Artículo 37 |
| Estatal de derivados del cemento | 3 días laborables por el fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho, hermanos o suegros. Por nueras, yernos, cuñados y abuelos políticos, 2 días naturales (4 con desplazamiento de más de 150 km). Hasta 5 días naturales si tienes que desplazarte más de 150 km. | Mejora sin desplazamiento | Anexo IV |
| Estatal de despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales | 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días laborables más si tienes que desplazarte. | Ver cita | Artículo 29 |
| Estatal de la industria química | 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte. Si ocurre en otro país, 2 días más sin sueldo. | Ver cita | Artículo 50 |
| Estatal de la industria textil y de la confección | 3 días pagados por el fallecimiento del cónyuge, un familiar de primer grado o un hermano; con desplazamiento, 1 día más pagado (o 2, uno pagado y otro sin sueldo). 2 días pagados por el fallecimiento de un familiar de segundo grado. 4 días si por un familiar de segundo grado tienes que desplazarte. 1 día pagado por el fallecimiento de un familiar de tercer grado de consanguinidad. | Mejora sin desplazamiento | Artículo 44 |
| Estatal de industrias cárnicas | 2 días por el fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad; 3 si es el cónyuge o un hijo. Si tienes que desplazarte, el permiso se amplía por el tiempo necesario hasta 4 días en total; si es un familiar de primer grado y tienes que ir fuera de España, 2 días pagados más y hasta 4 sin sueldo. 3 días por el fallecimiento del cónyuge o de un hijo. | Rige el Estatuto | Artículo 50 |
| Estatal de industrias lácteas | 3 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta el segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte, y un día natural más si el desplazamiento pasa de 90 km. Se disfrutan seguidos. Si tienes que viajar a un país sin frontera con España (también por accidente o enfermedad grave con hospitalización), hasta 8 días: se pagan los 5 primeros, laborables, y los 3 restantes son sin sueldo. | Mejora el Estatuto | Artículo 22 |
| Estatal de instalaciones deportivas y gimnasios | 3 días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte más de 150 km. Se cuentan desde el día laborable siguiente. | Mejora el Estatuto | Artículo 30 |
| Estatal de jardinería | 4 días naturales por fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 1 día natural por parientes de tercer grado. 5 días naturales en total si tienes que desplazarte fuera de tu provincia. | Ver cita | Artículo 19 |
| Estatal de ferralla | 3 días laborables por fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegros. Para otros parientes de segundo grado que el cuadro no nombra (cuñados, yernos, nueras), rige el Estatuto. 5 días laborables en total si hay desplazamiento. | Mejora el Estatuto | Artículo 34 |
| Estatal de industria metalgráfica y envases | 3 días por el fallecimiento del cónyuge, padres, hijos, hermanos o abuelos (también políticos); 2 por nietos. Se empieza a contar el día laborable del hecho o el siguiente. 4 días si tienes que desplazarte 400 km o más, ida y vuelta. | Mejora sin desplazamiento | Artículo 15 |
| De Oficinas y Despachos de Alicante | 2 días por el fallecimiento de parientes de segundo grado por consanguinidad o afinidad (también los de la pareja de hecho registrada); 2 días más si tienes que desplazarte. 4 días por el fallecimiento del padre, la madre, el cónyuge o los hijos (y equivalentes por afinidad, también los de la pareja de hecho registrada); 1 día más si el fallecimiento es a más de 175 km. | Igual que el Estatuto | Artículo 31 |
| De Oficinas y Despachos de Barcelona | 3 días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; puedes tomarlos seguidos o no dentro de los 15 días siguientes. 5 días si por el fallecimiento tienes que desplazarte 150 kilómetros o más; si el desplazamiento es menor, lo que dé el Estatuto. | Mejora el Estatuto | Artículo 35 |
| Estatal de productos del mar congelados y refrigerados | 5 días, que el convenio cuenta como laborables, por el fallecimiento de hijos, cónyuge, padres o suegros; empiezan el día siguiente al hecho. 2 días laborables por el fallecimiento de un familiar de segundo grado. 4 días laborables si por un familiar de segundo grado tienes que desplazarte fuera de tu provincia. | Mejora el Estatuto | Artículo 23 |
| Estatal de empresas de seguridad | 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte. | Ver cita | Artículo 56 |
| Estatal de seguros, reaseguros y mutuas | 2 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; 2 más si hay que desplazarse; ampliable hasta un mes sin sueldo. | Ver cita | Artículo 58 |
Cada fila sale del texto oficial del convenio y lleva su artículo; en la página de cada convenio está la cita literal. Información orientativa, no asesoramiento legal.
¿Tu caso es distinto?
Pregúntaselo a tu convenio: te contestamos con el artículo que lo dice, o te decimos que no consta.
Otros permisos y condiciones
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre esto?
2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 2 más si hay que desplazarse. (art. 37.3.b bis)
¿Qué convenios mejoran el mínimo legal?
De los 29 convenios con texto verificado, mejoran el Estatuto: estatal de estaciones de servicio, estatal de grandes cadenas de textil y calzado, estatal de industrias lácteas, estatal de instalaciones deportivas y gimnasios, estatal de ferralla, de Oficinas y Despachos de Barcelona, estatal de productos del mar congelados y refrigerados.
¿Y si mi convenio no aparece aquí?
Rige como mínimo el Estatuto de los Trabajadores, salvo que tu convenio diga algo mejor. Aquí solo aparecen los convenios cuyo texto íntegro hemos cargado y verificado artículo a artículo.