Días de permiso por fallecimiento de un familiar según tu convenio

29 convenios con su texto íntegro verificado contra el boletín oficial · actualizado el 21 de octubre de 2026

El mínimo legal: Estatuto de los Trabajadores

  • Art. 37.3.b bis2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 2 más si hay que desplazarse.
Lo que dice el Estatuto
«Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.»

Real Decreto Legislativo 2/2015, texto consolidado del BOE (BOE-A-2015-11430).

Un convenio puede mejorar este mínimo, nunca empeorarlo: si da menos, se aplica el Estatuto.

De los 29 convenios: 7 mejoran el Estatuto, 8 lo mejoran solo si no hay desplazamiento, 3 lo igualan y en 1 rige el Estatuto porque el convenio da menos. En los otros 10, convenio y Estatuto cuentan los días de otra forma: compáralos con las dos citas.

Lo que da cada convenio

ConvenioLo que daFrente al EstatutoArtículo
Estatal de acción e intervención social 3 días naturales, al menos 2 laborables, por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que trasladarte a más de 200 km. Ver cita Artículo 29
Estatal de agencias de viajes 2 días laborables por el fallecimiento de abuelos o nietos, o 4 si hay desplazamiento (fuera de tu provincia o entre islas). Con desplazamiento, 4 días laborables por el fallecimiento de abuelos o nietos. 6 días naturales por el fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, padres o hijos, contados desde el primer día laborable; nunca menos de 2 días laborables, o 4 con desplazamiento. 3 días naturales por el fallecimiento de un hermano o hermana; nunca menos de 2 días laborables, o 4 con desplazamiento. Ver cita Artículo 28
Estatal de artes gráficas, papel, cartón y editoriales 2 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; 2 días más si hay que desplazarse. Ver cita Artículo 8.5
Estatal de la banca 2 días laborables por el fallecimiento de un familiar hasta segundo grado; 2 días laborables más si el desplazamiento te obliga a dormir fuera. 5 días laborables por el fallecimiento del cónyuge o de un descendiente; 2 más si tienes que dormir fuera. Ver cita Artículo 31
Estatal de centros y servicios veterinarios 3 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; si hay que desplazarse, se aplica lo que dice el Estatuto (art. 37.3.b bis). Mejora sin desplazamiento Artículo 46
Estatal de cadenas de tiendas de conveniencia Dos días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad; dos días más si tienes que desplazarte. Igual que el Estatuto Artículo 34
Estatal de comercio del papel y artes gráficas 7 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado; si es en día no laborable, empieza el primer día laborable siguiente. 2 días por fallecimiento de parientes hasta segundo grado; 2 más si hay que desplazarse. Igual que el Estatuto Artículo 38
Estatal de distribuidores farmacéuticos 3 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado. Las licencias se disfrutan en días laborables desde el primer día laborable. 4 días en total si hay que desplazarse. Mejora sin desplazamiento Artículo 27
Estatal de estaciones de servicio 5 días laborables por el fallecimiento del cónyuge o de familiares hasta tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad; 1 día más si te desplazas a más de 350 km, y otro más pasados 450 km. Mejora el Estatuto Artículo 26
Estatal de comercio de flores y plantas 7 días si el fallecimiento es fuera de España. 5 días naturales si el fallecimiento es fuera de tu localidad y a más de 200 km. Entre la localidad y 200 km el convenio no fija cifra: rige el Estatuto. 3 días por fallecimiento de parientes hasta segundo grado si es en la localidad donde vives (en días laborables, art. 28). Mejora sin desplazamiento Artículo 28
Estatal de grandes cadenas de textil y calzado 3 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho registrada o familiares de primer y segundo grado; 2 días más si hay que desplazarse. Mejora el Estatuto Artículo 24
Estatal de mayoristas de químicos y droguería 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte. Ver cita Artículo 43
Estatal de droguerías y perfumerías 3 días hábiles por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado. 6 días si el desplazamiento es fuera de España. 5 días si tienes que desplazarte a otra provincia. Mejora sin desplazamiento Artículo 36
Estatal de reposición y marketing operacional 4 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado, desplazamientos incluidos. Mejora sin desplazamiento Artículo 37
Estatal de derivados del cemento 3 días laborables por el fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho, hermanos o suegros. Por nueras, yernos, cuñados y abuelos políticos, 2 días naturales (4 con desplazamiento de más de 150 km). Hasta 5 días naturales si tienes que desplazarte más de 150 km. Mejora sin desplazamiento Anexo IV
Estatal de despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días laborables más si tienes que desplazarte. Ver cita Artículo 29
Estatal de la industria química 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte. Si ocurre en otro país, 2 días más sin sueldo. Ver cita Artículo 50
Estatal de la industria textil y de la confección 3 días pagados por el fallecimiento del cónyuge, un familiar de primer grado o un hermano; con desplazamiento, 1 día más pagado (o 2, uno pagado y otro sin sueldo). 2 días pagados por el fallecimiento de un familiar de segundo grado. 4 días si por un familiar de segundo grado tienes que desplazarte. 1 día pagado por el fallecimiento de un familiar de tercer grado de consanguinidad. Mejora sin desplazamiento Artículo 44
Estatal de industrias cárnicas 2 días por el fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad; 3 si es el cónyuge o un hijo. Si tienes que desplazarte, el permiso se amplía por el tiempo necesario hasta 4 días en total; si es un familiar de primer grado y tienes que ir fuera de España, 2 días pagados más y hasta 4 sin sueldo. 3 días por el fallecimiento del cónyuge o de un hijo. Rige el Estatuto Artículo 50
Estatal de industrias lácteas 3 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta el segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte, y un día natural más si el desplazamiento pasa de 90 km. Se disfrutan seguidos. Si tienes que viajar a un país sin frontera con España (también por accidente o enfermedad grave con hospitalización), hasta 8 días: se pagan los 5 primeros, laborables, y los 3 restantes son sin sueldo. Mejora el Estatuto Artículo 22
Estatal de instalaciones deportivas y gimnasios 3 días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte más de 150 km. Se cuentan desde el día laborable siguiente. Mejora el Estatuto Artículo 30
Estatal de jardinería 4 días naturales por fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 1 día natural por parientes de tercer grado. 5 días naturales en total si tienes que desplazarte fuera de tu provincia. Ver cita Artículo 19
Estatal de ferralla 3 días laborables por fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegros. Para otros parientes de segundo grado que el cuadro no nombra (cuñados, yernos, nueras), rige el Estatuto. 5 días laborables en total si hay desplazamiento. Mejora el Estatuto Artículo 34
Estatal de industria metalgráfica y envases 3 días por el fallecimiento del cónyuge, padres, hijos, hermanos o abuelos (también políticos); 2 por nietos. Se empieza a contar el día laborable del hecho o el siguiente. 4 días si tienes que desplazarte 400 km o más, ida y vuelta. Mejora sin desplazamiento Artículo 15
De Oficinas y Despachos de Alicante 2 días por el fallecimiento de parientes de segundo grado por consanguinidad o afinidad (también los de la pareja de hecho registrada); 2 días más si tienes que desplazarte. 4 días por el fallecimiento del padre, la madre, el cónyuge o los hijos (y equivalentes por afinidad, también los de la pareja de hecho registrada); 1 día más si el fallecimiento es a más de 175 km. Igual que el Estatuto Artículo 31
De Oficinas y Despachos de Barcelona 3 días por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; puedes tomarlos seguidos o no dentro de los 15 días siguientes. 5 días si por el fallecimiento tienes que desplazarte 150 kilómetros o más; si el desplazamiento es menor, lo que dé el Estatuto. Mejora el Estatuto Artículo 35
Estatal de productos del mar congelados y refrigerados 5 días, que el convenio cuenta como laborables, por el fallecimiento de hijos, cónyuge, padres o suegros; empiezan el día siguiente al hecho. 2 días laborables por el fallecimiento de un familiar de segundo grado. 4 días laborables si por un familiar de segundo grado tienes que desplazarte fuera de tu provincia. Mejora el Estatuto Artículo 23
Estatal de empresas de seguridad 2 días laborables por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado; 2 días más si tienes que desplazarte. Ver cita Artículo 56
Estatal de seguros, reaseguros y mutuas 2 días laborables por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; 2 más si hay que desplazarse; ampliable hasta un mes sin sueldo. Ver cita Artículo 58

Cada fila sale del texto oficial del convenio y lleva su artículo; en la página de cada convenio está la cita literal. Información orientativa, no asesoramiento legal.

¿Tu caso es distinto?

Pregúntaselo a tu convenio: te contestamos con el artículo que lo dice, o te decimos que no consta.

Pregunta a tu convenio

Otros permisos y condiciones

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre esto?

2 días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado; 2 más si hay que desplazarse. (art. 37.3.b bis)

¿Qué convenios mejoran el mínimo legal?

De los 29 convenios con texto verificado, mejoran el Estatuto: estatal de estaciones de servicio, estatal de grandes cadenas de textil y calzado, estatal de industrias lácteas, estatal de instalaciones deportivas y gimnasios, estatal de ferralla, de Oficinas y Despachos de Barcelona, estatal de productos del mar congelados y refrigerados.

¿Y si mi convenio no aparece aquí?

Rige como mínimo el Estatuto de los Trabajadores, salvo que tu convenio diga algo mejor. Aquí solo aparecen los convenios cuyo texto íntegro hemos cargado y verificado artículo a artículo.