VIII Convenio colectivo sectorial estatal de cadenas de tiendas de conveniencia

Comercio · Ámbito estatal (toda España) · Vigencia 28 de febrero de 2024–31 de diciembre de 2024

Cada cifra es el salario base de grupo ANUAL bruto a tiempo completo, con todas las pagas dentro: se cobra según la costumbre de cada empresa o, si no, en quince pagas, que pueden prorratearse en doce (artículos 19 y 20). La última tabla publicada es la de 2024 (+7 % sobre la de 2023): el convenio venció el 31-12-2024 y el BOE no ha publicado tabla de 2025 ni de 2026, así que no se muestra ninguna. OJO: con el salario mínimo de 2025 (16.576 euros al año) y de 2026 (17.094), los grupos I y II de esa tabla quedan por debajo, y la empresa tiene que pagar al menos el SMI. A tiempo parcial, el convenio fija un salario base por hora con las pagas y las vacaciones dentro (9,03 a 9,68 euros en 2024; va al lado de cada grupo). No suman el plus de permanencia (1 % del salario base cada tres años desde 2024, hasta el 10 %), la nocturnidad (+25 %) ni el quebranto de moneda (10 euros al mes donde se descuentan los descuadres de caja). La cifra de 2023 es salario base más complemento de alcance.

Ámbito
Estatal
Código de convenio
99012695012000
Fuente
BOE núm. 133, 1 de junio de 2024
Vigencia
28 de febrero de 2024 — 31 de diciembre de 2024
Jornada anual
1792 horas
Firmantes
AETCON (Asociación Española de Cadenas de Tiendas de Conveniencia), por las empresas; VALORIAN, FETICO y UGT, por las personas trabajadoras. Suscrito el 28-02-2024 y subsanado por acta de 16-05-2024.
Última verificación
✓ verificado 19 de octubre de 2026 · cómo se verifica

Se aplica en toda España a las cadenas que venden al por menor en tiendas de conveniencia, con al menos tres tiendas en red y mil metros cuadrados de venta entre todas, y a sus franquiciadas, aunque tengan una sola tienda; también si además despachan carburante en autoservicio. Quedan fuera las empresas en que la tienda es una actividad secundaria y los bares o restaurantes con tienda cuya actividad principal es la hostelería (artículo 2). Entró en vigor con su firma, el 28-02-2024, y rigió hasta el 31-12-2024; mientras no se firme el siguiente sigue en vigor su contenido normativo, salarios incluidos (artículo 3). El IX no se ha publicado en el BOE.

Tabla salarial 2024 del convenio estatal de cadenas de tiendas de conveniencia

Según la tabla salarial de 2024, los importes de este convenio van de 16.178,40 € al año (Grupo profesional I, Tareas con un método preciso e instrucciones específicas, sin formación específica) a 17.342,35 € al año (Grupo profesional IV, Tareas técnicas complejas o gestión de una o varias áreas de la empresa). A jornada completa, nadie puede cobrar en 2026 menos del salario mínimo interprofesional, 17.094,00 € al año, aunque la tabla marque menos. Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.

Categoría Salario base Complementos
Grupo profesional I
Tareas con un método preciso e instrucciones específicas, sin formación específica
16.178,40 €
/anual
  • Salario base hora a tiempo parcial: 9,03 €
Grupo profesional II
Trabajos cualificados, con cierto grado de autonomía
16.483,99 €
/anual
  • Salario base hora a tiempo parcial: 9,20 €
Grupo profesional III
Coordinación, mando o supervisión de tareas, o tareas complejas homogéneas
17.107,40 €
/anual
  • Salario base hora a tiempo parcial: 9,55 €
Grupo profesional IV
Tareas técnicas complejas o gestión de una o varias áreas de la empresa
17.342,35 €
/anual
  • Salario base hora a tiempo parcial: 9,68 €

Fuente: BOE núm. 133, 1 de junio de 2024

Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.

Evolución salarial

Categoría 20232024
Grupo profesional I
Tareas con un método preciso e instrucciones específicas, sin formación específica
15.120 €
16.178,40 €
Grupo profesional II
Trabajos cualificados, con cierto grado de autonomía
15.405,60 €
16.483,99 €
Grupo profesional III
Coordinación, mando o supervisión de tareas, o tareas complejas homogéneas
15.988,22 €
17.107,40 €
Grupo profesional IV
Tareas técnicas complejas o gestión de una o varias áreas de la empresa
16.207,80 €
17.342,35 €

Fuente: BOE núm. 133, 1 de junio de 2024

Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.

Permisos retribuidos y condiciones destacadas

Todos los permisos, vacaciones y excedencias de este convenio, artículo a artículo y comparados con el Estatuto →

¿Otra duda? Pregunta a tu convenio y te respondemos con el artículo que lo dice →

Convenios provinciales de este sector

Este convenio es de ámbito estatal. Si en tu provincia hay además un convenio propio del mismo sector, sus condiciones pueden ser mejores que las de aquí: compruébalo antes de dar por buena una cifra.

Otros convenios estatales de este sector

Guías para usar esta ficha

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?

Esta página se verificó por última vez el 19 de octubre de 2026 contra BOE núm. 133.

¿Cuál es la vigencia de este convenio?

Va del 28 de febrero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.

¿Cuál es la jornada anual de este convenio?

La jornada anual pactada es de 1792 horas.

¿Dónde se aplica este convenio?

Es un convenio de ámbito estatal: se aplica en toda España. Eso no excluye que en tu provincia exista además un convenio provincial del mismo sector con condiciones mejores; si está publicado en este portal, aparece enlazado más abajo.

¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?

Recoge 13 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Matrimonio o registro de pareja de hecho, Enfermedad grave, accidente u hospitalización de un familiar, Fallecimiento de un familiar. Ver el listado completo más abajo.

¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?

Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.

¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?

Cada cifra es el salario base de grupo ANUAL bruto a tiempo completo, con todas las pagas dentro: se cobra según la costumbre de cada empresa o, si no, en quince pagas, que pueden prorratearse en doce (artículos 19 y 20). La última tabla publicada es la de 2024 (+7 % sobre la de 2023): el convenio venció el 31-12-2024 y el BOE no ha publicado tabla de 2025 ni de 2026, así que no se muestra ninguna. OJO: con el salario mínimo de 2025 (16.576 euros al año) y de 2026 (17.094), los grupos I y II de esa tabla quedan por debajo, y la empresa tiene que pagar al menos el SMI. A tiempo parcial, el convenio fija un salario base por hora con las pagas y las vacaciones dentro (9,03 a 9,68 euros en 2024; va al lado de cada grupo). No suman el plus de permanencia (1 % del salario base cada tres años desde 2024, hasta el 10 %), la nocturnidad (+25 %) ni el quebranto de moneda (10 euros al mes donde se descuentan los descuadres de caja). La cifra de 2023 es salario base más complemento de alcance.