Convenio vencido: prórroga y ultraactividad
Que la fecha de fin de un convenio haya pasado no significa que te hayas quedado sin convenio. En la mayoría de los casos sigue aplicándose entero, tabla salarial incluida, hasta que se firme el siguiente. Lo que cambia es que tu sueldo de tabla se queda quieto mientras tanto, salvo que el propio convenio prevea otra cosa.
Las partes fijan cuánto dura
El convenio dice desde cuándo y hasta cuándo rige; es la «vigencia pactada». Puede incluso poner fechas distintas para materias distintas:
«Corresponde a las partes negociadoras establecer la duración de los convenios, pudiendo eventualmente pactarse distintos periodos de vigencia para cada materia o grupo homogéneo de materias dentro del mismo convenio.»
Si nadie lo denuncia, se prorroga
Llegada la fecha, el convenio no muere solo. Si ninguna de las partes lo «denuncia» (comunica a la otra que quiere negociar uno nuevo), se prorroga un año, y así sucesivamente:
«Salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán de año en año si no mediara denuncia expresa de las partes.»
Muchos convenios regulan ellos mismos la denuncia: con qué antelación hay que hacerla y si se entiende hecha automáticamente al acabar la vigencia. Está en sus primeros artículos, junto a la duración.
Denunciado, sigue vigente mientras se negocia
Si se denuncia y acaba la duración pactada, la regla es la que diga el propio convenio. Si no dice nada, se mantiene mientras se negocia el siguiente. Es lo que se llama ultraactividad:
«Durante las negociaciones para la renovación de un convenio colectivo, en defecto de pacto, se mantendrá su vigencia»
Si pasa un año desde la denuncia sin acuerdo, las partes tienen que acudir a la mediación de los acuerdos interprofesionales, y aun así, si no hay pacto que diga otra cosa, el convenio sigue:
«en defecto de pacto, cuando hubiere transcurrido el proceso de negociación sin alcanzarse un acuerdo, se mantendrá la vigencia del convenio colectivo.»
Esta redacción viene de la reforma laboral de finales de 2021. Antes hubo años en que la ultraactividad tenía un límite de un año, y por eso todavía circulan explicaciones que dicen que un convenio vencido «decae». Hoy, si el convenio no pacta otra cosa, no decae.
Qué pasa con tu salario mientras tanto
- Sigues cobrando, como mínimo, la última tabla publicada. No baja por vencer el convenio.
- No sube sola, salvo que el convenio tenga una cláusula para los años de prórroga (algunos prevén subir el IPC o un porcentaje fijo cada año que se prorroguen). Esa cláusula está en el articulado, normalmente junto a las tablas o a la revisión salarial.
- Cuando se firma el nuevo, puede tener efectos hacia atrás. Es muy habitual que las nuevas tablas se apliquen desde el 1 de enero aunque se publiquen meses después; la diferencia son atrasos. Lo cuenta la guía de cómo reclamar los atrasos del convenio.
- El nuevo sustituye entero al anterior, salvo lo que mantenga expresamente:
«El convenio que sucede a uno anterior deroga en su integridad a este último, salvo los aspectos que expresamente se mantengan.»
Los convenios vencidos del portal, hoy
De los 84 convenios publicados en ConvenioClaro, 17 tienen hoy la vigencia pactada vencida: Comercio de Sevilla (31 de diciembre de 2020), estatal de cadenas de tiendas de conveniencia (31 de diciembre de 2024), Comercio de Murcia (31 de diciembre de 2024), estatal de agencias de viajes (31 de diciembre de 2025), estatal de dependencia (residencias de mayores y ayuda a domicilio) (31 de diciembre de 2025), estatal de droguerías y perfumerías (31 de diciembre de 2025), Comercio de Barcelona (31 de diciembre de 2025), estatal de marcas de restauración moderna (31 de diciembre de 2025), estatal de restauración colectiva (31 de diciembre de 2025), Hostelería de Madrid (31 de diciembre de 2025), Hostelería de Murcia (31 de diciembre de 2025), Hostelería de Valencia (31 de diciembre de 2025), estatal de industrias cárnicas (31 de diciembre de 2025), estatal de instalaciones deportivas y gimnasios (31 de diciembre de 2025), Metal de Murcia (31 de diciembre de 2025), Metal de Vizcaya (31 de diciembre de 2025), Oficinas y Despachos de Sevilla (31 de diciembre de 2025). En 15 de ellos hemos comprobado en el boletín que no hay una tabla posterior a la que publicamos: es la que se sigue aplicando. Su ficha lo dice y da la fecha de la comprobación.
Las fichas de estos convenios dicen «su vigencia pactada acabó» y no «está caducado»: es la forma correcta de decirlo mientras no haya uno nuevo.
Cómo saber si ya hay un convenio nuevo
- Busca por el código del convenio (está en cada ficha) en el boletín de su ámbito o en el registro de convenios del Ministerio de Trabajo (REGCON).
- Mira también las actas de la comisión negociadora o paritaria: a veces una revisión salarial se publica sin convenio nuevo.
- Pregunta a la representación sindical: sabe si el convenio está denunciado y cómo va la mesa.
En el portal, los convenios se revisan contra su boletín con regularidad, y cada ficha da la fecha de la última verificación. Cuando aparece una tabla nueva, se carga con su boletín y su fecha.
Sigue leyendo
Esta guía explica la norma y cómo usar los datos del portal; no es asesoramiento para tu caso. Las citas son literales del texto consolidado del BOE vigente hoy y enlazan a él. Si tu caso tiene matices, consulta con la representación sindical, una gestoría o un abogado laboralista. Quién la escribe y cómo trabajamos: Quién está detrás.