Convenio Colectivo de Hostelería de la Región de Murcia 2023-2025

Hostelería · Murcia (Región de Murcia) · Vigencia 1 de marzo de 2023–31 de diciembre de 2025

Confirmado en la consulta pública de REGCON (código de convenio 30000805011981, consultado el 16-sep-2026, histórico completo de 10 trámites revisado): la última revisión salarial inscrita es la del 25/07/2024 — la tabla de 2024 que se publica aquí — y el único movimiento posterior es la denuncia del 10/11/2025. Importante para quien consulte su nómina: el artículo 14 del convenio pacta un incremento del 3% para 2025, pero NUNCA llegó a inscribirse ninguna tabla salarial de 2025 que lo desarrolle. Aquí no se publica esa cifra calculada, porque este portal no aproxima: se publica la última tabla oficial que existe, la de 2024, y se avisa de que el incremento pactado está por encima de ella.

Ámbito
Autonómico
Código de convenio
30000805011981
Fuente
BORM núm. 176 (tabla 2024) / núm. 157 (texto articulado), 30 de julio de 2024
Vigencia
1 de marzo de 2023 — 31 de diciembre de 2025
Jornada anual
1822 horas
Firmantes
HOYTU, HOSTECAR (patronal) / FeSMC-UGT, CCOO-Servicios
Última verificación
✓ verificado 28 de octubre de 2026 · cómo se verifica

Texto articulado en BORM núm. 157 (10-jul-2023). Revisión salarial pactada (art. 14): 2023 +15,8% sobre tablas 2018; 2024 +3%; 2025 +3%. Plus SMI de garantía para que ninguna categoría quede por debajo del SMI vigente. El convenio tiene 6 áreas funcionales × 4 grupos × 6 tipos de establecimiento; aquí se cargan Camarero/a y Cocinero/a (área Tercera/Segunda, columna Cafeterías/Cervecerías/Bares, la más habitual). REGCON por código, de nuevo el 28-oct-2026: lo último inscrito sigue siendo la denuncia del 10-nov-2025.

Tabla salarial 2024 del convenio de hostelería de Murcia

Según la tabla salarial de 2024, los importes de este convenio van de 1.017,36 € al mes (Camarero/a, Área Tercera - Grupo II) a 1.089,00 € al mes (Barman, Área Tercera - Grupo II). A jornada completa, nadie puede cobrar en 2026 menos del salario mínimo interprofesional, 17.094,00 € al año, aunque la tabla marque menos. Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.

Categoría Salario base Complementos
Camarero/a
Área Tercera - Grupo II
1.017,36 €
/mensual
  • Nota: columna Cafeterías/Cervecerías/Bares, la más habitual
  • Manutencion: 6,99 €
  • Plus distancia transporte mes: 52,47 €
Barman
Área Tercera - Grupo II
1.089,00 €
/mensual
  • Manutencion: 6,99 €
  • Plus distancia transporte mes: 52,47 €
Cocinero/a
Área Segunda - Grupo II
1.018,99 €
/mensual
  • Manutencion: 6,99 €
  • Plus smi garantia: 2,73 €
  • Plus distancia transporte mes: 52,47 €

Fuente: BORM núm. 176 (tabla 2024) / núm. 157 (texto articulado), 30 de julio de 2024

Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.

Permisos retribuidos y condiciones destacadas

Este convenio en otras provincias

Otros convenios estatales de este sector

Guías para usar esta ficha

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?

Esta página se verificó por última vez el 28 de octubre de 2026 contra BORM núm. 176 (tabla 2024) / núm. 157 (texto articulado).

¿Cuál es la vigencia de este convenio?

Va del 1 de marzo de 2023 al 31 de diciembre de 2025.

¿Cuál es la jornada anual de este convenio?

La jornada anual pactada es de 1822 horas.

¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?

Recoge 7 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Vacaciones, Descanso semanal, Matrimonio o pareja de hecho. Ver el listado completo más abajo.

¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?

Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.

¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?

Confirmado en la consulta pública de REGCON (código de convenio 30000805011981, consultado el 16-sep-2026, histórico completo de 10 trámites revisado): la última revisión salarial inscrita es la del 25/07/2024 — la tabla de 2024 que se publica aquí — y el único movimiento posterior es la denuncia del 10/11/2025. Importante para quien consulte su nómina: el artículo 14 del convenio pacta un incremento del 3% para 2025, pero NUNCA llegó a inscribirse ninguna tabla salarial de 2025 que lo desarrolle. Aquí no se publica esa cifra calculada, porque este portal no aproxima: se publica la última tabla oficial que existe, la de 2024, y se avisa de que el incremento pactado está por encima de ella.