Cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio

Guía de ConvenioClaro · 21 de octubre de 2026 · Las cifras del portal que cita se calculan al abrir la página.

Comprobar la nómina contra el convenio son cinco pasos: saber qué convenio y qué categoría te tocan, elegir el año de tabla correcto, sumar solo lo que es salario, pasarlo todo a la misma unidad y compararlo con el mínimo de la tabla y con el salario mínimo. Se tarda un rato la primera vez; después, cada vez que salga una tabla nueva, son cinco minutos.

Qué tiene que traer tu nómina

La nómina es el recibo de salarios, y el Estatuto obliga a entregarlo con cada pago, separando lo que cobras de lo que te descuentan:

En la parte de arriba está tu categoría o grupo profesional, tu antigüedad y el periodo. En el centro, los «devengos» (lo que ganas: salario base, complementos, pagas) y abajo las «deducciones» (retención de IRPF y tus cotizaciones). Para comparar con la tabla, lo que importa son los devengos, en bruto.

Paso 1: el convenio y la categoría

Si no tienes claro el convenio, empieza por Qué convenio colectivo te corresponde. Con él, busca tu categoría entre las de su tabla: el portal tiene 2.101 categorías de 84 convenios. Si la que pone tu nómina no coincide con lo que haces, la clasificación del convenio (sus artículos de grupos profesionales) es la que decide.

Paso 2: el año de la tabla

Usa la tabla del año de la nómina que compruebas. Si es de este año y tu convenio aún no ha publicado la tabla nueva, la que rige es la última publicada; cuando salga la nueva, si tiene efectos desde enero, habrá atrasos (cómo reclamarlos). Cada ficha dice el año de su tabla y si hay otras posteriores ya publicadas.

Paso 3: suma solo lo que es salario

Cuenta el salario base y los complementos salariales fijos que te correspondan por tabla o por convenio (plus convenio, antigüedad, pluses de puesto). No cuentes lo que el Estatuto excluye:

Es decir: fuera dietas, kilometraje, plus de transporte cuando el convenio lo trata como suplido, y el pago delegado de una baja. Las horas extra tampoco cuentan para llegar al mínimo de tabla: se pagan aparte.

Paso 4: todo a la misma unidad

Lo más seguro es comparar años completos. Si la tabla es mensual, multiplícala por el número de pagas; si es anual, ya lo está; si es por día, por los días que fije el convenio. Si cobras con las pagas prorrateadas, tu nómina de cada mes ya lleva una parte de las extraordinarias: suma doce nóminas y tendrás el año. Lo explican cómo leer la tabla y pagas extraordinarias.

Si trabajas a tiempo parcial, el mínimo de la tabla se reduce en proporción a tu jornada frente a la jornada completa del convenio.

Paso 5: compara con la tabla y con el salario mínimo

Lo que cobras en el año, en bruto, tiene que llegar al mínimo de tu categoría en la tabla y, además, al salario mínimo interprofesional. Si la tabla queda por debajo del SMI, manda el SMI: lo explica Salario mínimo y convenio: qué pasa si tu tabla queda por debajo. Y si cobras por encima de la tabla, no hay nada que reclamar por ese concepto, aunque una línea concreta de la nómina parezca baja: la comparación se hace en su conjunto.

El atajo: el verificador

El verificador de nómina hace los pasos 2 a 5 con los datos de la ficha: eliges el convenio y la categoría, escribes lo que cobras en bruto al mes, y te dice si llegas al mínimo, con qué tabla y qué pagas lo ha calculado, y si manda el SMI. Usa solo el salario base y los conceptos de tabla verificados, así que si tienes complementos personales (antigüedad, por ejemplo), súmalos en tu lado de la cuenta.

Si no llega

  1. Revisa la categoría y el año de tabla: son los dos errores más comunes.
  2. Pide a la empresa, por escrito, que te explique la diferencia o que la regularice.
  3. Habla con la representación sindical o con un profesional, con tus nóminas y el enlace al boletín de la tabla (está en la ficha).
  4. Las diferencias se reclaman como los atrasos: un año de plazo y conciliación previa.

Sigue leyendo

Esta guía explica la norma y cómo usar los datos del portal; no es asesoramiento para tu caso. Las citas son literales del texto consolidado del BOE vigente hoy y enlazan a él. Si tu caso tiene matices, consulta con la representación sindical, una gestoría o un abogado laboralista. Quién la escribe y cómo trabajamos: Quién está detrás.