Pagas extraordinarias: cuántas, cuándo y prorrateadas
El Estatuto garantiza dos pagas extraordinarias al año y deja al convenio decidir cuánto son, cuándo se cobra la segunda y si se reparten en las doce nóminas. Muchos convenios dan más de dos. Saber cuántas son es imprescindible para pasar la cifra mensual de la tabla a salario anual, y al revés.
Lo que dice el Estatuto
«El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones.»
Tres cosas salen de ahí: son al menos dos; una es en Navidad y la otra cuando diga el convenio (junio o julio, casi siempre); y su cuantía la fija el convenio, que puede hacerla igual a una mensualidad de salario base, de salario base más antigüedad, o de otra forma. No siempre una paga extra es «un mes más».
Cuántas dan los convenios del portal
Entre los convenios publicados en ConvenioClaro que expresan su tabla en cuantía mensual y dicen el número de pagas, el reparto es este:
- 12 pagas (12 mensualidades: la tabla ya reparte el año en doce): 1 convenio.
- 14 pagas (12 mensualidades y 2 extraordinarias): 18 convenios.
- 15 pagas (12 mensualidades y 3 extraordinarias): 15 convenios.
- 16 pagas (12 mensualidades y 4 extraordinarias): 2 convenios.
- 17 pagas (12 mensualidades y 5 extraordinarias): 1 convenio.
Los que pasan de catorce añaden más pagas, a veces con otro nombre (de marzo, de beneficios, por primas): estatal de agencias de viajes, estatal de estaciones de servicio, estatal de comercio de flores y plantas, Comercio de Alicante, Comercio de Barcelona, Comercio de Madrid, Comercio de Sevilla, Comercio de Valencia, Comercio de Vizcaya, estatal de la enseñanza privada no concertada, Hostelería de Sevilla, Hostelería de Valencia, Hostelería de Vizcaya, estatal de jardinería, Oficinas y Despachos de Murcia, Oficinas y Despachos de Sevilla, estatal de seguros, reaseguros y mutuas, estatal de contratas ferroviarias. Cada ficha dice el número de pagas bajo la cifra.
Otros 37 convenios dan directamente la cuantía anual, que ya incluye todas las pagas: para saber cuánto es cada una, hay que dividirla entre el número de pagas que fije su articulado.
Pasar de mensual a anual, y al revés
- De mensual a anual: la cifra mensual de la tabla por el número de pagas, si las extraordinarias son de una mensualidad de la misma cifra. Si son de otra cuantía (por ejemplo, solo salario base, sin pluses), suma las doce mensualidades y luego cada paga con su cuantía.
- De anual a mensual: la cifra anual entre el número de pagas da lo que se cobra en cada una; entre doce, lo que se cobra cada mes si las pagas están prorrateadas.
Así lo hacen las calculadoras del portal: con el número de pagas de la ficha y, si el convenio no lo dice, con catorce, y lo explican junto al resultado. En los convenios de la construcción que fijan en su tabla el importe de las pagas de junio, de Navidad y de vacaciones, se suman tal cual.
Prorrateadas: las mismas pagas, repartidas
El convenio puede decidir que las extraordinarias se cobren repartidas en las doce nóminas:
«No obstante, podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades.»
Si cobras con las pagas prorrateadas, tu nómina mensual es más alta que la cifra mensual de la tabla, y no por eso cobras más: al año es lo mismo. Al comparar tu nómina con la tabla, compara años completos o quita la parte del prorrateo (suele ir en una línea propia de la nómina).
Cuándo se generan y el finiquito
Cada paga se va ganando a lo largo de un periodo que fija el convenio: el año natural, el semestre o los doce meses anteriores a su cobro. Si dejas la empresa antes de cobrarla, te corresponde la parte proporcional de lo que ya has generado, y va en el finiquito. Si la tienes prorrateada, ya la has ido cobrando y no hay nada pendiente por ese concepto.
Errores habituales al comparar
- Multiplicar por catorce una tabla que ya es anual: el resultado sale catorce veces mayor.
- Comparar una nómina con pagas prorrateadas con la cifra mensual de la tabla sin prorratear.
- Dar por hecho que la paga extra es igual a la mensualidad cuando el convenio la calcula solo con el salario base.
- Olvidar las pagas con otro nombre (beneficios, marzo, vacaciones) que algunos convenios añaden.
Para el resto de columnas de la tabla, lee cómo leer la tabla salarial de tu convenio; para comprobar tu nómina entera, cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio.
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Esta guía explica la norma y cómo usar los datos del portal; no es asesoramiento para tu caso. Las citas son literales del texto consolidado del BOE vigente hoy y enlazan a él. Si tu caso tiene matices, consulta con la representación sindical, una gestoría o un abogado laboralista. Quién la escribe y cómo trabajamos: Quién está detrás.