Convenio colectivo para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (2025-2028)

Seguros · Ámbito estatal (toda España) · Vigencia 1 de enero de 2025–31 de diciembre de 2028

Solo se publica la tabla de 2025, la definitiva del anexo III. La de 2026 no existe todavía: depende del PIB y el IPC de 2026, y mientras tanto se cobra un 0,8 % a cuenta sobre la de 2025. La cifra de cada nivel es el sueldo base mensual, que se cobra diecisiete veces al año: doce pagas ordinarias, tres extraordinarias en junio, octubre y Navidad (artículo 37) y dos mensualidades de compensación general por primas en marzo y septiembre (artículo 36.1); por eso las calculadoras cuentan 17 pagas, aunque el BOE da el "cómputo anual" con 15, que también se muestra. Los niveles 7, 8 y 9 tienen garantizados en 2025 al menos 16.576 euros al año sumando todos los complementos; en los niveles 8 y 9 eso es más que el sueldo base, y el verificador compara contra ese mínimo. En el nivel 8 el BOE imprime 14.498,70 euros de cómputo anual cuando 966,55 por 15 son 14.498,25: se reproduce tal cual.

Ámbito
Estatal
Código de convenio
99004625011981
Fuente
BOE núm. 178, 23 de julio de 2026
Vigencia
1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2028
Jornada anual
1692 horas
Firmantes
UNESPA, AMAT, CEM y ASECORE, por las empresas; CCOO-Servicios y UGT, por las personas trabajadoras. Suscrito el 05-05-2026 y subsanado por acta de 07-07-2026.
Última verificación
✓ verificado 23 de septiembre de 2026 · cómo se verifica

Se aplica en toda España a las entidades aseguradoras y reaseguradoras, a los corredores de reaseguros y a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social; quedan fuera, entre otros, los mediadores de seguros privados y sus colaboradores, y el personal de alta dirección (artículos 1 y 2). Dura del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028 y entró en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE; se prorroga de año en año si no se denuncia en diciembre (artículo 3). Subidas: 3,5 % en 2025 sobre la tabla definitiva de 2024, con efectos desde el 1 de enero de 2025 (artículo 41). Para 2026, 2027 y 2028 la subida depende del PIB y del IPC de cada año: entre el 1,20 % y el 3,25 % según el PIB, multiplicado por un corrector del 80 % al 150 % según el IPC; hasta conocerlos se paga a cuenta un 0,8 % desde el 1 de enero, salvo acuerdo de empresa, y la Comisión Mixta aprueba después la tabla definitiva (artículos 42 a 44). En 2026 el nivel 7 tiene garantizada una retribución global mínima de 20.000 euros y el nivel 8 de 18.000, por todos los conceptos salariales, y el nivel 9 desaparece: quien estaba en él pasa al nivel 8 (artículo 42.7). Jornada máxima de 1.692 horas de trabajo efectivo al año (artículo 52).

Tabla salarial 2025 del convenio estatal de seguros, reaseguros y mutuas

Según la tabla salarial de 2025, los importes de este convenio van de 923,98 € al mes (Nivel 9, Grupo IV · suprimido el 1-1-2026: quien estaba en él pasa al nivel 8) a 2.697,25 € al mes (Nivel 1, Grupo I), en 17 pagas. A jornada completa, nadie puede cobrar en 2026 menos del salario mínimo interprofesional, 17.094,00 € al año, aunque la tabla marque menos. Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.

Categoría Salario base Complementos
Nivel 1
Grupo I
2.697,25 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 40.458,75 €
Nivel 2
Grupo I
2.281,40 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 34.221 €
Nivel 3
Grupo I
1.944,23 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 29.163,45 €
Nivel 4
Grupo II
1.663,32 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 24.949,80 €
  • Experiencia por año en el nivel: 421,46 €
Nivel 5
Grupo II
1.449,73 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 21.745,95 €
  • Experiencia por año en el nivel: 320,30 €
Nivel 6
Grupo II
1.258,68 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 18.880,20 €
  • Experiencia por año en el nivel: 286,59 €
Nivel 7
Grupo III
1.101,41 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 16.521,15 €
  • Experiencia por año en el nivel: 236,05 €
  • Mínimo anual garantizado: 16.576 €
Nivel 8
Grupo III
966,55 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 14.498,70 €
  • Experiencia por año en el nivel: 202,31 €
  • Mínimo anual garantizado: 16.576 €
Nivel 9
Grupo IV · suprimido el 1-1-2026: quien estaba en él pasa al nivel 8
923,98 €
/mensual · 17 pagas
  • Cómputo anual x15 del BOE: 13.859,70 €
  • Mínimo anual garantizado: 16.576 €

Fuente: BOE núm. 178, 23 de julio de 2026

Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.

Permisos retribuidos y condiciones destacadas

Todos los permisos, vacaciones y excedencias de este convenio, artículo a artículo y comparados con el Estatuto →

¿Otra duda? Pregunta a tu convenio y te respondemos con el artículo que lo dice →

Guías para usar esta ficha

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?

Esta página se verificó por última vez el 23 de septiembre de 2026 contra BOE núm. 178.

¿Cuál es la vigencia de este convenio?

Va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028.

¿Cuál es la jornada anual de este convenio?

La jornada anual pactada es de 1692 horas.

¿Dónde se aplica este convenio?

Es un convenio de ámbito estatal: se aplica en toda España a las empresas que encajan en la actividad que él mismo define, sea cual sea la provincia.

¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?

Recoge 22 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Matrimonio o registro de pareja de hecho, Accidente o enfermedad grave y hospitalización, Fallecimiento de familiar. Ver el listado completo más abajo.

¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?

Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.

¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?

Solo se publica la tabla de 2025, la definitiva del anexo III. La de 2026 no existe todavía: depende del PIB y el IPC de 2026, y mientras tanto se cobra un 0,8 % a cuenta sobre la de 2025. La cifra de cada nivel es el sueldo base mensual, que se cobra diecisiete veces al año: doce pagas ordinarias, tres extraordinarias en junio, octubre y Navidad (artículo 37) y dos mensualidades de compensación general por primas en marzo y septiembre (artículo 36.1); por eso las calculadoras cuentan 17 pagas, aunque el BOE da el "cómputo anual" con 15, que también se muestra. Los niveles 7, 8 y 9 tienen garantizados en 2025 al menos 16.576 euros al año sumando todos los complementos; en los niveles 8 y 9 eso es más que el sueldo base, y el verificador compara contra ese mínimo. En el nivel 8 el BOE imprime 14.498,70 euros de cómputo anual cuando 966,55 por 15 son 14.498,25: se reproduce tal cual.