Convenio Colectivo Intersectorial de Hostelería de Valencia y su provincia, para los años 2022 a 2025
Hostelería · Valencia (Comunitat Valenciana) · Vigencia 1 de enero de 2022–31 de diciembre de 2025
Las cifras son las de la Tabla I del Anexo II del convenio: cafeterías, restaurantes, cafés-bares, colectividades, restauración moderna, comidas para llevar, discotecas, pubs y similares. Los niveles (Anexo I) son los mismos en todo el sector, pero los hoteles, hostales y balnearios tienen tablas propias (II a IX del Anexo II y las del régimen transitorio del Anexo III), con importes distintos: si trabajas en alojamiento, la cifra de esta página no es la tuya; búscala en el boletín enlazado.
- Ámbito
- Provincial
- Código de convenio
- 46001285011982
- Vigencia
- 1 de enero de 2022 — 31 de diciembre de 2025
- Jornada anual
- 1794 horas
- Firmantes
- (patronal del sector) / sindicatos de hostelería
- Última verificación
- ✓ verificado 28 de octubre de 2026 · cómo se verifica
En ultraactividad desde 2026: el convenio 2022-2025 se denunció el 29-oct-2025 (REGCON) y no hay nuevo convenio firmado. Búsqueda por código el 2-oct-2026 en REGCON: no hay tabla de 2026; lo único posterior es un acuerdo de la Comisión Paritaria (BOP de València núm. 215, 10-nov-2025) que responde consultas sobre el complemento de IT y no cambia salarios. Las tres actas de la Comisión Paritaria de 2024 (BOP núm. 87 y 192) responden consultas sobre pluses y tampoco cambian importes (REGCON, de nuevo el 14-oct-2026 y el 28-oct-2026). Incremento acumulado 2022-2025 del 8%. El Anexo II trae las tablas de 2022 a 2025: están cargadas las de 2024 y 2025, cotejadas cifra a cifra el 14-oct-2026. Tabla mostrada: Tabla I general (cafeterías, restaurantes, cafés-bares, colectividades, restauración moderna, discotecas, pizzerías, heladerías); existen también tablas específicas de hoteles por estrellas. Las cláusulas de IPC del art. 16 solo eran para 2022 y 2023 (una paga única no consolidable), y el art. 45 mantiene las cláusulas normativas hasta el convenio que lo sustituya: la tabla de 2025 es la que rige.
Tabla salarial 2025 del convenio de hostelería de Valencia
Según la tabla salarial de 2025, los importes de este convenio van de 1.100,46 € al mes (Quinto (Auxiliar de Cocina, Auxiliar/Asistente de Restauración Moderna)) a 1.337,87 € al mes (Primero (Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Restaurante o Sala, Jefe/a de Catering)), en 15 pagas. A jornada completa, nadie puede cobrar en 2026 menos del salario mínimo interprofesional, 17.094,00 € al año, aunque la tabla marque menos. Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.
| Categoría | Salario base | Complementos |
|---|---|---|
| Primero (Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Restaurante o Sala, Jefe/a de Catering) |
1.337,87 €
/mensual · 15 pagas |
|
| Segundo (Segundo/a Jefe/a de Cocina o de Restaurante o Sala, Jefe/a de Partida, Administrativo/a) |
1.288,69 €
/mensual · 15 pagas |
|
| Tercero (Camarero/a, Cocinero/a, Barman/Barwoman, Repostero/a) |
1.214,84 €
/mensual · 15 pagas |
|
| Cuarto (Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Repartidor/a de comidas y bebidas) |
1.165,60 €
/mensual · 15 pagas |
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| Quinto (Auxiliar de Cocina, Auxiliar/Asistente de Restauración Moderna) |
1.100,46 €
/mensual · 15 pagas |
|
Fuente: BOP Valencia núm. 26, 7 de febrero de 2023
Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.
Evolución salarial
| Categoría | 2024 | 2025 |
|---|---|---|
| Primero (Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Restaurante o Sala, Jefe/a de Catering) |
1.317,80 €
|
1.337,87 €
|
| Segundo (Segundo/a Jefe/a de Cocina o de Restaurante o Sala, Jefe/a de Partida, Administrativo/a) |
1.269,36 €
|
1.288,69 €
|
| Tercero (Camarero/a, Cocinero/a, Barman/Barwoman, Repostero/a) |
1.196,62 €
|
1.214,84 €
|
| Cuarto (Ayudante de Camarero/a, Ayudante de Cocina, Repartidor/a de comidas y bebidas) |
1.148,12 €
|
1.165,60 €
|
| Quinto (Auxiliar de Cocina, Auxiliar/Asistente de Restauración Moderna) |
1.083,95 €
|
1.100,46 €
|
Fuente: BOP Valencia núm. 26, 7 de febrero de 2023
Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.
Permisos retribuidos y condiciones destacadas
- Vacaciones30 días naturales/año
- Descanso semanal2 días, consecutivos salvo excepciones
- Gratificaciones extraordinarias3 pagas al año (junio, Navidad, marzo) de 30 días cada una
Este convenio en otras provincias
Otros convenios estatales de este sector
Guías para usar esta ficha
- Cómo leer la tabla salarial de tu convenio
- Convenio vencido: prórroga y ultraactividad
- Cómo reclamar los atrasos del convenio
- Cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?
Esta página se verificó por última vez el 28 de octubre de 2026 contra BOP Valencia núm. 26.
¿Cuál es la vigencia de este convenio?
Va del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025.
¿Cuál es la jornada anual de este convenio?
La jornada anual pactada es de 1794 horas.
¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?
Recoge 3 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Vacaciones, Descanso semanal, Gratificaciones extraordinarias. Ver el listado completo más abajo.
¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?
Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.
¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?
Las cifras son las de la Tabla I del Anexo II del convenio: cafeterías, restaurantes, cafés-bares, colectividades, restauración moderna, comidas para llevar, discotecas, pubs y similares. Los niveles (Anexo I) son los mismos en todo el sector, pero los hoteles, hostales y balnearios tienen tablas propias (II a IX del Anexo II y las del régimen transitorio del Anexo III), con importes distintos: si trabajas en alojamiento, la cifra de esta página no es la tuya; búscala en el boletín enlazado.