Convenio Colectivo Provincial de Construcción y Obras Públicas de Sevilla
Construcción · Sevilla (Andalucía) · Vigencia 1 de enero de 2025–31 de diciembre de 2026
La jornada anual no se ha verificado de forma independiente — este documento solo recoge el acta y las tablas salariales, no el texto articulado completo del convenio.
- Ámbito
- Provincial
- Código de convenio
- 41000915011982
- Vigencia
- 1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2026
- Jornada anual
- no verificada
- Firmantes
- GAESCO (patronal) / UGT-FICA, CCOO-Hábitat
- Última verificación
- ✓ verificado 2 de octubre de 2026 · cómo se verifica
Revisión conforme al art. 55.6 del VII Convenio General estatal (BOE núm. 296, 10-dic-2025): 2025 +3,5% (con efectos desde el 1-ene-2025, sobre la tabla de 2024 con su garantía del 0,40%) + 0,5% adicional a plan de pensiones; 2026 +3% + 0,25% adicional a pensiones. Cláusula de garantía adicional para 2027 si la suma de IPC dic-2025 y dic-2026 supera el 7,25% (máx. 9,25%). Plus de asistencia 20,60€/día; plus extrasalarial 6,69€/día; plus gruista 38,31€/día (en 2025, 11,76€/día según tabla y 23,22€/día de octubre a diciembre por el acuerdo del BOP de 10-oct-2025); media dieta 16,35€; dieta completa 56,54€ (cifras de 2026). El importe de pagas es lo que se cobra en cada una de las de junio, navidad y vacaciones. El acuerdo del BOP de Sevilla núm. 72 (16-abr-2026) fija la contribución de la empresa al plan de pensiones del sector para 2025 y 2026; no cambia los salarios de esta página.
Tabla salarial 2026 del convenio de construcción de Sevilla
Según la tabla salarial de 2026, los importes de este convenio van de 1.388,03 € al mes (Oficial Adm. 1ª, Delineante 1ª, Administrativo) a 2.330,83 € al mes (Arquitecto/Ingeniero superior licenciados, Técnico titulado) en las categorías que cobran por mes y de 39,37 € al día (Peón ordinario / Personal de limpieza, Personal obrero) a 47,83 € al día (Encargado de obra, Mando intermedio) en las que cobran por día. Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.
| Categoría | Salario base | Complementos |
|---|---|---|
|
Arquitecto/Ingeniero superior licenciados Técnico titulado |
2.330,83 €
/mensual |
|
|
Jefe de obras, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico Mando intermedio |
1.783,31 €
/mensual |
|
|
Oficial Adm. 1ª, Delineante 1ª Administrativo |
1.388,03 €
/mensual |
|
|
Encargado de obra Mando intermedio |
47,83 €
/diario |
|
|
Capataz, Gruista, Entibador, Barrenero Oficio |
43,25 €
/diario |
|
|
Oficial de 1ª / Auxiliar Adm. de obras Oficio |
42,30 €
/diario |
|
|
Oficial de 2ª Oficio |
40,82 €
/diario |
|
|
Peón especializado Personal obrero |
39,73 €
/diario |
|
|
Peón ordinario / Personal de limpieza Personal obrero |
39,37 €
/diario |
|
Fuente: BOP Sevilla núm. 35, 20 de febrero de 2026
Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.
Evolución salarial
| Categoría | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
|
Arquitecto/Ingeniero superior licenciados Técnico titulado |
2.262,95 €
|
2.330,83 €
|
|
Jefe de obras, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico Mando intermedio |
1.731,37 €
|
1.783,31 €
|
|
Oficial Adm. 1ª, Delineante 1ª Administrativo |
1.347,60 €
|
1.388,03 €
|
|
Encargado de obra Mando intermedio |
46,44 €
|
47,83 €
|
|
Capataz, Gruista, Entibador, Barrenero Oficio |
41,99 €
|
43,25 €
|
|
Oficial de 1ª / Auxiliar Adm. de obras Oficio |
41,07 €
|
42,30 €
|
|
Oficial de 2ª Oficio |
39,63 €
|
40,82 €
|
|
Peón especializado Personal obrero |
38,57 €
|
39,73 €
|
|
Peón ordinario / Personal de limpieza Personal obrero |
38,22 €
|
39,37 €
|
Fuente: BOP Sevilla núm. 35, 20 de febrero de 2026
Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.
Permisos retribuidos y condiciones destacadas
- Vacaciones30 días naturales, de los que 21 tienen que ser laborables; se pueden repartir en periodos de al menos 10 días laborables y empiezan en día laborable que no sea viernes. El primer año, la parte proporcional al tiempo trabajado. Quien tiene hijos o personas dependientes a cargo elige turno con preferencia para que coincida con las vacaciones escolares, y también las víctimas de violencia de género (art. 58 del convenio, BOP de Sevilla núm. 19 de 24-01-2009).
- Matrimonio15 días naturales (art. 59.1.a).
- Nacimiento o adopción de un hijo2 días naturales, de los que al menos uno debe ser laborable. Personas no comunitarias, o de países comunitarios no colindantes, que acrediten el viaje a su país de origen: 5 días naturales, ampliables hasta 8 con consentimiento de la empresa, retribuidos solo los 5 (art. 59.1.b).
- Boda de un hijo1 día (art. 59.1.c).
- Fallecimiento de familiar3 días naturales por fallecimiento del cónyuge y parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad. Personas no comunitarias, o de países comunitarios no colindantes, que acrediten el viaje a su país de origen: 6 días naturales, ampliables hasta 8, retribuidos solo los 6 (art. 59.1.d).
- Enfermedad grave, accidente u hospitalización de familiarEl convenio da 2 días naturales por enfermedad o accidente grave u hospitalización del cónyuge y parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad (art. 59.1.e). Es un texto de 2009: el Estatuto da hoy 5 días por estos hechos (art. 37.3.b), que se aplican como mínimo.
- Desplazamiento, aviso y parejas de hechoSi por nacimiento, boda de un hijo, fallecimiento o enfermedad hace falta desplazarse, esos plazos suben 2 días naturales, salvo para quien use lo previsto para personas no comunitarias. Se avisa con 48 horas, salvo urgencia acreditada, y se justifica después. Los permisos alcanzan a las parejas de hecho inscritas (art. 59.1).
- Traslado de domicilio1 día por traslado del domicilio habitual (art. 59.1.f).
- ExámenesEl tiempo necesario para concurrir a exámenes de los estudios que se cursen en centros de enseñanza universitarios o de formación profesional, públicos o privados reconocidos (art. 59.1.g).
- Deber inexcusable de carácter público y personalEl tiempo necesario. Si una norma legal fija un periodo, se está a ella; si se cobra una compensación por el cargo, se descuenta de la retribución. Si ocupa más del 25 % de las horas laborables en 3 meses, la empresa puede pasar a la persona a excedencia forzosa (art. 59.2).
Este convenio en otras provincias
Otros convenios estatales de este sector
Guías para usar esta ficha
- Cómo leer la tabla salarial de tu convenio
- Cómo reclamar los atrasos del convenio
- Cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?
Esta página se verificó por última vez el 2 de octubre de 2026 contra BOP Sevilla núm. 35.
¿Cuál es la vigencia de este convenio?
Va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026.
¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?
Recoge 10 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Vacaciones, Matrimonio, Nacimiento o adopción de un hijo. Ver el listado completo más abajo.
¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?
Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.
¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?
La jornada anual no se ha verificado de forma independiente — este documento solo recoge el acta y las tablas salariales, no el texto articulado completo del convenio.