Jornada anual y horas extra: cómo se cuentan
El Estatuto pone un techo de jornada y deja que cada convenio fije la suya por debajo. Por eso la misma actividad puede tener casi cien horas al año de diferencia según la provincia, y por eso las horas extra se cuentan sobre la jornada de tu convenio, no sobre la de la ley.
El máximo legal
«La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo.»
«La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.»
«De promedio en cómputo anual» significa que una semana puede tener más de cuarenta horas si otras tienen menos, siempre que la media del año no las pase. Por eso los convenios suelen expresar la jornada en horas al año, y es la cifra que da cada ficha del portal.
Hay otros límites que no se promedian: entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, un descanso mínimo, y un tope de horas ordinarias al día que el convenio puede cambiar:
«Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.»
«El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.»
La jornada de los convenios del portal
De los 84 convenios publicados en ConvenioClaro, 74 tienen la jornada anual verificada contra su texto. Van de 1.376 horas (estatal de la enseñanza privada no concertada) a 1.822 horas (Hostelería de Murcia), con una mediana de 1.755 horas. Las cinco más cortas: estatal de la enseñanza privada no concertada (1.376), estatal de contratas ferroviarias (1.568), estatal de seguros, reaseguros y mutuas (1.692), Construcción de Vizcaya (1.700), estatal de la banca (1.700). Las cinco más largas: Hostelería de Murcia (1.822), estatal de reposición y marketing operacional (1.812), Comercio de Sevilla (1.804), Hostelería de Sevilla (1.800), Hostelería de Málaga (1.800).
Algunos convenios fijan jornadas distintas por año (bajan cada año de vigencia) o por colectivo (el personal docente y el no docente, la jornada continuada y la partida); la ficha da la cifra general y su nota explica el resto. Donde no hemos podido verificarla, la ficha deja la casilla en blanco: no es que no exista.
Las páginas de sector y de provincia comparan la jornada entre los convenios que listan: es el único dato que el portal compara entre convenios, porque las horas son horas en todos, mientras que los euros dependen de las pagas y la estructura de cada uno.
Cuándo una hora es extra
«Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior.»
La «duración máxima de la jornada ordinaria» es la de tu convenio si la fija (y casi todos lo hacen), no las cuarenta horas de la ley. El convenio o tu contrato deciden si se pagan o se compensan con descanso; si no dicen nada, se compensan con descanso:
«En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.»
Si se pagan, nunca por debajo del valor de la hora ordinaria. Y tienen un tope anual:
«El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo previsto en el apartado 3.»
Las que se compensan con descanso dentro de esos cuatro meses no cuentan para el tope, y las que se hacen para prevenir o reparar siniestros tampoco. Salvo que el convenio o tu contrato digan otra cosa, hacerlas es voluntario.
El registro de jornada
Desde 2019 la empresa tiene que registrar cada día a qué hora empiezas y terminas. Es la prueba de las horas que trabajas, y puedes pedirla:
«La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.»
«La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.»
Cómo usar la jornada de tu convenio
- Busca la jornada anual en la ficha de tu convenio. Si cambia por año, la del año que te interesa.
- Ten en cuenta que es tiempo de trabajo efectivo en el año: las vacaciones y los festivos no trabajados quedan fuera de esa cifra.
- Compárala con las horas de tu registro en el año. Lo que pase de la jornada pactada son horas extra, a pagar o a compensar según tu convenio.
- Si trabajas a tiempo parcial, tu jornada es la de tu contrato, y las horas por encima son horas complementarias, con reglas propias.
Para ver cuánto cobras por hora con tu tabla, lee antes cómo leer la tabla salarial y pasa la cifra a anual; dividida entre la jornada anual de tu convenio, te da una referencia del valor de tu hora ordinaria (el convenio puede fijar cómo se calcula para las horas extra).
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Esta guía explica la norma y cómo usar los datos del portal; no es asesoramiento para tu caso. Las citas son literales del texto consolidado del BOE vigente hoy y enlazan a él. Si tu caso tiene matices, consulta con la representación sindical, una gestoría o un abogado laboralista. Quién la escribe y cómo trabajamos: Quién está detrás.