XXV Convenio colectivo del sector de la banca (2024-2026)
Entidades financieras · Ámbito estatal (toda España) · Vigencia 1 de enero de 2024–31 de diciembre de 2026
Cada cifra es el Salario Base de Nivel ANUAL bruto de las empresas con 17,25 pagas: las que ya consolidaron todos los cuartos de paga de beneficios, las de nueva creación y las que se adhieren al convenio (artículo 18.2.1). Se cobra en 14 partes iguales: doce mensualidades y las pagas de junio y diciembre. Si tu banco tiene consolidadas menos pagas (entre 15,75 y 17), tu tabla es otra y algo más baja: está en el artículo 18.2.2 del mismo BOE. Además de esta cifra, el convenio paga antigüedad (trienios), una participación en beneficios variable en la nómina de abril según el resultado de cada banco (artículo 23) y un 0,25 % más si el banco tiene beneficios o reparte dividendos (artículo 24.7); nada de eso está aquí. La disposición adicional sexta garantiza además que la retribución fija de cada año supere a la del anterior en una cuantía mínima por nivel; no es un salario mínimo y tampoco está en esta tabla. Los niveles 9 a 11 llevan aparte su plus de polivalencia funcional (anual, en doce pagos). Para el nivel de acceso, la cifra es el total anual de lo que fija el convenio, en 14 pagas.
- Ámbito
- Estatal
- Código de convenio
- 99000585011981
- Vigencia
- 1 de enero de 2024 — 31 de diciembre de 2026
- Jornada anual
- 1700 horas
- Firmantes
- Asociación Española de Banca (AEB), por las empresas; CC. OO.-Servicios, FeSMC-UGT y Federación Fuerza Independencia y Empleo (FINE), por las personas trabajadoras. Suscrito el 12-11-2024 y subsanado el 12-12-2024.
- Última verificación
- ✓ verificado 1 de octubre de 2026 · cómo se verifica
El XXV Convenio rige del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026 y se prorroga de año en año si nadie lo denuncia entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre del año en que termina (artículo 4). Se aplica en toda España a los bancos, las cámaras de compensación bancaria y las empresas que se llamen banco con actividad bancaria; no a la alta dirección (artículo 2). Jornada máxima de 1.700 horas al año, con horario continuado general de lunes a viernes de 8 a 15 horas (artículo 26), 24 días laborables de vacaciones (artículo 30) y un día de libre disposición más en 2024, 2025 y 2026 (disposición transitoria). Las tablas suben un 4,25 % en 2024, un 4 % en 2025 y un 2,75 % en 2026; si el IPC acumulado de 2024 a 2026 supera esa subida acumulada, la tabla de 2026 se actualiza desde el 1 de enero de 2027 en la diferencia, con un máximo del 2 % (artículo 18.2). Antigüedad: un trienio de 490 € en 2025 y 500 € en 2026 (artículo 21), y los niveles 1 a 8 suman trienios por permanencia en el nivel (artículo 22). El personal con poderes que lleva una sucursal con autonomía operativa en los niveles 7 u 8 cobra además un plus transitorio de 704,66 € en 2025 y 724,04 € en 2026 al año (artículo 24.5). Quien entra en el nivel de acceso sube al nivel 11 a los 24 meses como máximo (artículo 11), y del 11 al 10 a los cuatro años y del 10 al 9 a los seis (artículo 15).
Tabla salarial 2026 del convenio estatal de la banca
Según la tabla salarial de 2026, los importes de este convenio van de 21.966,99 € al año (Nivel de acceso, primer año, Nivel de acceso a la profesión · contrato indefinido; funciones administrativas, comerciales y técnicas sin poderes ni personas a cargo) a 64.371,70 € al año (Nivel 1, Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora). Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.
| Categoría | Salario base | Complementos |
|---|---|---|
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Nivel 1 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
64.371,70 €
/anual |
— |
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Nivel 2 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
56.061,68 €
/anual |
— |
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Nivel 3 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
47.870,39 €
/anual |
— |
|
Nivel 4 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
45.748,91 €
/anual |
— |
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Nivel 5 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
39.956,20 €
/anual |
— |
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Nivel 6 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · nivel mínimo del director o directora de una oficina bancaria |
37.600,47 €
/anual |
— |
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Nivel 7 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
35.872,26 €
/anual |
— |
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Nivel 8 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · nivel mínimo de la gestión comercial especializada (cinco años en la empresa y dos en funciones comerciales) |
34.143,41 €
/anual |
— |
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Nivel 9 Técnico de Banca, niveles 9 a 11 · trabajos bancarios administrativos, de marketing telefónico o de gestión general o comercial básica, con supervisión directa |
31.775,96 €
/anual |
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Nivel 10 Técnico de Banca, niveles 9 a 11 · trabajos bancarios administrativos, de marketing telefónico o de gestión general o comercial básica, con supervisión directa |
28.633,52 €
/anual |
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Nivel 11 Técnico de Banca, niveles 9 a 11 · trabajos bancarios administrativos, de marketing telefónico o de gestión general o comercial básica, con supervisión directa |
26.089,69 €
/anual |
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Nivel de acceso, primer año Nivel de acceso a la profesión · contrato indefinido; funciones administrativas, comerciales y técnicas sin poderes ni personas a cargo |
21.966,99 €
/anual |
— |
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Nivel de acceso, segundo año Nivel de acceso a la profesión · contrato indefinido; funciones administrativas, comerciales y técnicas sin poderes ni personas a cargo |
23.686,35 €
/anual |
— |
Fuente: BOE núm. 1, 1 de enero de 2025
Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.
Evolución salarial
| Categoría | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
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Nivel 1 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
62.648,86 €
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64.371,70 €
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Nivel 2 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
54.561,25 €
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56.061,68 €
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Nivel 3 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
46.589,19 €
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47.870,39 €
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Nivel 4 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
44.524,49 €
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45.748,91 €
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Nivel 5 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
38.886,81 €
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39.956,20 €
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Nivel 6 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · nivel mínimo del director o directora de una oficina bancaria |
36.594,13 €
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37.600,47 €
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Nivel 7 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · funciones directivas, de gestión superior, de apoderamiento o de responsabilidad ejecutiva, coordinadora o asesora |
34.912,19 €
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35.872,26 €
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Nivel 8 Técnico de Banca, niveles 1 a 8 · nivel mínimo de la gestión comercial especializada (cinco años en la empresa y dos en funciones comerciales) |
33.229,60 €
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34.143,41 €
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Nivel 9 Técnico de Banca, niveles 9 a 11 · trabajos bancarios administrativos, de marketing telefónico o de gestión general o comercial básica, con supervisión directa |
30.925,51 €
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31.775,96 €
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Nivel 10 Técnico de Banca, niveles 9 a 11 · trabajos bancarios administrativos, de marketing telefónico o de gestión general o comercial básica, con supervisión directa |
27.867,17 €
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28.633,52 €
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Nivel 11 Técnico de Banca, niveles 9 a 11 · trabajos bancarios administrativos, de marketing telefónico o de gestión general o comercial básica, con supervisión directa |
25.391,43 €
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26.089,69 €
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Nivel de acceso, primer año Nivel de acceso a la profesión · contrato indefinido; funciones administrativas, comerciales y técnicas sin poderes ni personas a cargo |
21.379,07 €
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21.966,99 €
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Nivel de acceso, segundo año Nivel de acceso a la profesión · contrato indefinido; funciones administrativas, comerciales y técnicas sin poderes ni personas a cargo |
23.052,41 €
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23.686,35 €
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Fuente: BOE núm. 1, 1 de enero de 2025
Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.
Permisos retribuidos y condiciones destacadas
¿Otra duda? Pregunta a tu convenio y te respondemos con el artículo que lo dice →
- Matrimonio o pareja de hechoQuince días naturales seguidos. Si el día de la boda o del registro no es laborable, se empiezan a contar desde el primer día laborable siguiente. No se puede disfrutar dos veces por la misma pareja (artículo 31.1.a).
- Boda de un familiarEl día de la ceremonia, por la boda de ascendientes, descendientes o hermanos, tíos y sobrinos hasta el tercer grado (artículo 31.1.b).
- Accidente o enfermedad grave y hospitalizaciónCinco días laborables, que pueden tomarse de forma no seguida mientras dure la situación, por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o de quien conviva contigo y necesite tu cuidado (artículo 31.1.c).
- Fallecimiento de familiarDos días laborables por el de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y cinco por el del cónyuge o de un hijo o descendiente. Dos días laborables más si tienes que desplazarte y pasar la noche fuera de tu localidad (artículo 31.1.d).
- MudanzaDos días, también si la mudanza es dentro de la misma localidad; tres si el traslado es a o desde fuera de la Península (artículo 31.1.e).
- Preparación al parto, adopción y acogimientoEl tiempo indispensable para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en adopción, guarda o acogimiento, para las sesiones de información y los informes psicológicos y sociales previos a la idoneidad, si tienen que hacerse dentro de la jornada (artículo 31.1.f).
- Día de libre disposiciónUn día más de libre disposición en 2024, 2025 y 2026, de mutuo acuerdo con la empresa y no consolidable (disposición transitoria).
Otros convenios estatales de este sector
Guías para usar esta ficha
- Cómo leer la tabla salarial de tu convenio
- Cómo reclamar los atrasos del convenio
- Cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?
Esta página se verificó por última vez el 1 de octubre de 2026 contra BOE núm. 1.
¿Cuál es la vigencia de este convenio?
Va del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026.
¿Cuál es la jornada anual de este convenio?
La jornada anual pactada es de 1700 horas.
¿Dónde se aplica este convenio?
Es un convenio de ámbito estatal: se aplica en toda España a las empresas que encajan en la actividad que él mismo define, sea cual sea la provincia.
¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?
Recoge 7 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Matrimonio o pareja de hecho, Boda de un familiar, Accidente o enfermedad grave y hospitalización. Ver el listado completo más abajo.
¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?
Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.
¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?
Cada cifra es el Salario Base de Nivel ANUAL bruto de las empresas con 17,25 pagas: las que ya consolidaron todos los cuartos de paga de beneficios, las de nueva creación y las que se adhieren al convenio (artículo 18.2.1). Se cobra en 14 partes iguales: doce mensualidades y las pagas de junio y diciembre. Si tu banco tiene consolidadas menos pagas (entre 15,75 y 17), tu tabla es otra y algo más baja: está en el artículo 18.2.2 del mismo BOE. Además de esta cifra, el convenio paga antigüedad (trienios), una participación en beneficios variable en la nómina de abril según el resultado de cada banco (artículo 23) y un 0,25 % más si el banco tiene beneficios o reparte dividendos (artículo 24.7); nada de eso está aquí. La disposición adicional sexta garantiza además que la retribución fija de cada año supere a la del anterior en una cuantía mínima por nivel; no es un salario mínimo y tampoco está en esta tabla. Los niveles 9 a 11 llevan aparte su plus de polivalencia funcional (anual, en doce pagos). Para el nivel de acceso, la cifra es el total anual de lo que fija el convenio, en 14 pagas.