IX Convenio colectivo general del sector de derivados del cemento (2025-2028)
Materiales de construcción · Ámbito estatal (toda España) · Vigencia 1 de enero de 2025–31 de diciembre de 2028
Esta tabla NO es tu nómina: es el salario mínimo anual del sector por nivel que fija el convenio general estatal. Las tablas salariales las pactan los convenios de derivados del cemento de cada provincia o comunidad, y la cuantía del salario base y los pluses puede fijarla también el convenio de tu empresa (artículo 3). El BOE da una sola cifra anual por nivel, sin desglosar salario base, pagas extra y pluses, así que compárala con lo que cobras en todo el año a jornada completa. La de 2026 es provisional al alza: sube un 3,25 % (2,5 % fijo más el 0,75 % mínimo del variable), y si el consumo de cemento de 2026 supera 14.880.019 toneladas la Comisión Paritaria añadirá la diferencia en el primer trimestre de 2027. La de 2025 ya es la definitiva (+4,75 %).
- Ámbito
- Estatal
- Código de convenio
- 99010355011996
- Vigencia
- 1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2028
- Jornada anual
- 1736 horas
- Firmantes
- Asociación Nacional de la Industria del Prefabricado de Hormigón (ANDECE) y Asociación Nacional de Fabricantes de Hormigón Preparado (ANEFHOP), por las empresas; UGT-FICA y CC. OO. del Hábitat, por las personas trabajadoras. Suscrito el 13-11-2025 y subsanado por acta de 10-12-2025.
- Última verificación
- ✓ verificado 29 de septiembre de 2026 · cómo se verifica
El IX Convenio rige del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2025, y terminada su vigencia sigue aplicándose hasta que lo sustituya otro (artículo 10). Jornada anual de 1.736 horas de trabajo efectivo; los convenios provinciales o autonómicos que ya la tuvieran inferior la mantienen (artículo 34). Subidas pactadas sobre la tabla base de 1 de enero de 2025: 2,75 % fijo en 2025, 2,5 % en 2026 y 2,25 % en 2027 y en 2028, más un variable según el consumo de cemento en España, con un mínimo garantizado del 0,75 % cada año (disposición final primera). La tabla definitiva de 2025 (+4,75 %) y la base de 2026 las fijó la Comisión Paritaria en su acta de 16 de abril de 2026, publicada en el BOE núm. 113 de 9 de mayo de 2026 (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-10103). Si el IPC acumulado de 2025-2028 supera la subida acumulada, las tablas de 2028 suben un 1 % con efectos de 1 de enero de 2029. El BOE marca el grupo 8 con un asterisco que no explica.
Tabla salarial 2026 del convenio estatal de derivados del cemento
Según la tabla salarial de 2026, los importes de este convenio van de 20.953,82 € al año (Nivel XII, Grupo 8 · peón, personal de limpieza) a 25.243,46 € al año (Nivel II, Grupo 1 · titulado superior, director técnico o de área). Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.
| Categoría | Salario base | Complementos |
|---|---|---|
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Nivel XII Grupo 8 · peón, personal de limpieza |
20.953,82 €
/anual |
— |
|
Nivel XI Grupo 7 · peón especialista, ayudante de máquina, laborante de hormigones, portero |
21.268,13 €
/anual |
— |
|
Nivel X Grupo 6 · oficial 3.ª de oficio, especialista, moldeador manual, vigilante, auxiliar de laboratorio |
21.587,15 €
/anual |
— |
|
Nivel IX Grupo 5 · oficial 2.ª de oficio, maquinista, mezclador de hormigones, carretillero, auxiliar administrativo |
21.910,95 €
/anual |
— |
|
Nivel VIII Grupo 4 · oficial 1.ª de oficio, conductor de camión hormigonera, dosificador de planta, gruista, oficial 2.ª administrativo |
22.239,62 €
/anual |
— |
|
Nivel VII Grupo 3 · técnico de departamento, oficial 1.ª administrativo, comercial, jefe de planta de hormigones |
22.951,29 €
/anual |
— |
|
Nivel VI Grupo 3 · técnico de departamento, oficial 1.ª administrativo, comercial, jefe de planta de hormigones |
22.951,29 €
/anual |
— |
|
Nivel V Grupo 2 · titulado medio, jefe de administración, ventas o fábrica, encargado general |
24.603,77 €
/anual |
— |
|
Nivel IV Grupo 2 · titulado medio, jefe de administración, ventas o fábrica, encargado general |
24.603,77 €
/anual |
— |
|
Nivel III Grupo 2 · titulado medio, jefe de administración, ventas o fábrica, encargado general |
24.603,77 €
/anual |
— |
|
Nivel II Grupo 1 · titulado superior, director técnico o de área |
25.243,46 €
/anual |
— |
Fuente: BOE núm. 8, 9 de enero de 2026
Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.
Evolución salarial
| Categoría | 2024 | 2025 | 2026 |
|---|---|---|---|
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Nivel XII Grupo 8 · peón, personal de limpieza |
19.182,17 €
|
20.294,26 €
|
20.953,82 €
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|
Nivel XI Grupo 7 · peón especialista, ayudante de máquina, laborante de hormigones, portero |
19.469,90 €
|
20.598,67 €
|
21.268,13 €
|
|
Nivel X Grupo 6 · oficial 3.ª de oficio, especialista, moldeador manual, vigilante, auxiliar de laboratorio |
19.761,95 €
|
20.907,65 €
|
21.587,15 €
|
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Nivel IX Grupo 5 · oficial 2.ª de oficio, maquinista, mezclador de hormigones, carretillero, auxiliar administrativo |
20.058,37 €
|
21.221,26 €
|
21.910,95 €
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Nivel VIII Grupo 4 · oficial 1.ª de oficio, conductor de camión hormigonera, dosificador de planta, gruista, oficial 2.ª administrativo |
20.359,26 €
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21.539,58 €
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22.239,62 €
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Nivel VII Grupo 3 · técnico de departamento, oficial 1.ª administrativo, comercial, jefe de planta de hormigones |
21.010,76 €
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22.228,86 €
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22.951,29 €
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Nivel VI Grupo 3 · técnico de departamento, oficial 1.ª administrativo, comercial, jefe de planta de hormigones |
21.010,76 €
|
22.228,86 €
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22.951,29 €
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Nivel V Grupo 2 · titulado medio, jefe de administración, ventas o fábrica, encargado general |
22.523,52 €
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23.829,32 €
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24.603,77 €
|
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Nivel IV Grupo 2 · titulado medio, jefe de administración, ventas o fábrica, encargado general |
22.523,52 €
|
23.829,32 €
|
24.603,77 €
|
|
Nivel III Grupo 2 · titulado medio, jefe de administración, ventas o fábrica, encargado general |
22.523,52 €
|
23.829,32 €
|
24.603,77 €
|
|
Nivel II Grupo 1 · titulado superior, director técnico o de área |
23.109,12 €
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24.448,88 €
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25.243,46 €
|
Fuente: BOE núm. 8, 9 de enero de 2026
Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.
Permisos retribuidos y condiciones destacadas
¿Otra duda? Pregunta a tu convenio y te respondemos con el artículo que lo dice →
- Matrimonio o registro de pareja de hechoQuince días naturales (anexo IV). En este permiso el cuadro del convenio deja fuera el complemento de trabajo («Compl. trabaj.») y el no salarial.
- Fallecimiento de familiarTres días laborables por el de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, pareja de hecho, hermanos o suegros, ampliables hasta cinco naturales si hay que desplazarse más de 150 km. Dos días naturales por el de nueras, yernos, cuñados o abuelos políticos, ampliables hasta cuatro con el mismo desplazamiento (anexo IV).
- Accidente o enfermedad grave y hospitalizaciónCinco días laborables por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado (incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho), o de quien conviva contigo y necesite tu cuidado. Dos días naturales, ampliables a cuatro con desplazamiento de más de 150 km, por enfermedad grave de nueras, yernos o abuelos políticos (anexo IV).
- Nacimiento o adopciónTres días naturales, ampliables hasta cinco si hay que desplazarse más de 150 km (anexo IV).
- Familiares en el extranjeroSi el fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, el nacimiento de un hijo o una enfermedad grave (esta, una vez al año) exigen viajar al extranjero, tienes además dos días naturales retribuidos y otros dos sin retribuir (anexo IV).
- Boda de un hijoEl día natural de la boda (anexo IV).
- Cambio de domicilio y trasladoUn día laborable por cambio de domicilio habitual, y tres días laborables si la empresa te traslada con cambio de residencia (artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores; anexo IV).
- Deberes públicos, preparación al parto y donaciónEl tiempo indispensable para un deber inexcusable de carácter público y personal, para exámenes prenatales y preparación al parto (y las sesiones e informes previos en adopción, guarda o acogimiento) y para los actos preparatorios de una donación de órganos o tejidos, cuando tengan que ser en horas de trabajo (anexo IV).
- Imposibilidad de llegar al trabajoHasta cuatro días si las autoridades restringen el desplazamiento o hay un riesgo grave e inminente, como una catástrofe o un fenómeno meteorológico adverso; pasados los cuatro, se prolonga mientras dure la causa, salvo que la empresa aplique un ERTE por fuerza mayor o, si el puesto lo permite, el teletrabajo (anexo IV).
- LactanciaHasta los nueve meses: una hora de ausencia o dos fracciones de media hora, o reducir la jornada en una hora, o acumularlo en jornadas completas (anexo IV).
Otros convenios estatales de este sector
Guías para usar esta ficha
- Cómo leer la tabla salarial de tu convenio
- Cómo reclamar los atrasos del convenio
- Cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?
Esta página se verificó por última vez el 29 de septiembre de 2026 contra BOE núm. 8.
¿Cuál es la vigencia de este convenio?
Va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028.
¿Cuál es la jornada anual de este convenio?
La jornada anual pactada es de 1736 horas.
¿Dónde se aplica este convenio?
Es un convenio de ámbito estatal: se aplica en toda España a las empresas que encajan en la actividad que él mismo define, sea cual sea la provincia.
¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?
Recoge 10 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Matrimonio o registro de pareja de hecho, Fallecimiento de familiar, Accidente o enfermedad grave y hospitalización. Ver el listado completo más abajo.
¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?
Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.
¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?
Esta tabla NO es tu nómina: es el salario mínimo anual del sector por nivel que fija el convenio general estatal. Las tablas salariales las pactan los convenios de derivados del cemento de cada provincia o comunidad, y la cuantía del salario base y los pluses puede fijarla también el convenio de tu empresa (artículo 3). El BOE da una sola cifra anual por nivel, sin desglosar salario base, pagas extra y pluses, así que compárala con lo que cobras en todo el año a jornada completa. La de 2026 es provisional al alza: sube un 3,25 % (2,5 % fijo más el 0,75 % mínimo del variable), y si el consumo de cemento de 2026 supera 14.880.019 toneladas la Comisión Paritaria añadirá la diferencia en el primer trimestre de 2027. La de 2025 ya es la definitiva (+4,75 %).