III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center (antes telemarketing)
Contact center · Ámbito estatal (toda España) · Vigencia 1 de enero de 2020–31 de diciembre de 2026
Cada cifra es el salario base ANUAL bruto de tu nivel a jornada completa, con las dos pagas extra de junio y Navidad ya dentro: son 14 pagas, o 12 si pactas prorratearlas (artículo 47). Desde 2024 hay diez niveles: los antiguos 11 y 12 (auxiliar administrativo, teleoperador sin especialidad y oficios propios) pasaron al 10 (disposición transitoria segunda). Al lado van, sin sumarse, los recargos por cada festivo, festivo especial (25 de diciembre, 1 y 6 de enero, y el 24 y el 31 desde las 20:00) y domingo trabajados (artículo 49), el plus de idioma al mes cuando la empresa lo exige (artículo 48), el de nocturnidad por hora entre las 22:00 y las 6:00 (artículo 50) y el de transporte por día si entras o sales entre las 0:00 y las 6:00 (artículo 53). Con jornada parcial, todo en proporción. En 2025 el nivel 10 se subió al SMI (16.576 euros) por acta de la Comisión Paritaria.
- Ámbito
- Estatal
- Código de convenio
- 99012145012002
- Vigencia
- 1 de enero de 2020 — 31 de diciembre de 2026
- Jornada anual
- 1764 horas
- Firmantes
- Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), por las empresas; CC. OO. y UGT, por las personas trabajadoras. Suscrito el 14-03-2023.
- Última verificación
- ✓ verificado 25 de octubre de 2026 · cómo se verifica
Se aplica en toda España a las empresas que prestan servicios de contact center a terceros y a toda su plantilla: atención y emisión de llamadas, soporte técnico, gestión de cobros y pagos, back office, información, promoción y venta, encuestas y cualquier atención a terceros por teléfono, medios telemáticos o digitales (artículos 1 a 3). Efectos económicos desde el 1 de enero de 2020; dura hasta el 31 de diciembre de 2026 y se prorroga de año en año si nadie lo denuncia en sus tres últimos meses (artículos 5 a 7). Las tablas de 2025 y 2026 las aprobó la Comisión Paritaria (BOE de 02-05-2025 y de 06-03-2026). Jornada: 1.764 horas efectivas al año y 39 a la semana; 1.597 en las empresas que, aplicando otro convenio, paguen menos de lo que da este (artículo 22).
Tabla salarial 2026 del convenio estatal de contact center
Según la tabla salarial de 2026, los importes de este convenio van de 17.139,58 € al año (Teleoperador/a u operador/a, auxiliar administrativo/a o personal de oficios propios (nivel 10), Grupos D y E: operación y servicios generales) a 41.801,45 € al año (Directivo/a (nivel 1), Grupo A: dirección). Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.
| Categoría | Salario base | Complementos |
|---|---|---|
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Directivo/a (nivel 1) Grupo A: dirección |
41.801,45 €
/anual |
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Jefe/a de departamento o de área (nivel 2) Grupo A: dirección |
37.882,25 €
/anual |
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Jefe/a de proyectos o analista funcional (nivel 3) Grupo C: técnicos de informática |
32.662,92 €
/anual |
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Titulado/a superior, analista o técnico/a de sistemas A (nivel 4) Grupos B y C: técnicos |
27.443,59 €
/anual |
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Titulado/a medio, técnico/a de sistemas B, analista-programador/a, programador/a senior, jefe/a de administración o responsable de servicios (nivel 5) Grupos B, C y D |
24.179,17 €
/anual |
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Programador/a junior, técnico/a administrativo/a o supervisor/a A (nivel 6) Grupos C y D |
20.624,78 €
/anual |
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Supervisor/a B (nivel 7) Grupo D: administración y operación |
19.689,43 €
/anual |
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Coordinador/a, formador/a, agente de calidad, oficial administrativo/a o ayudante de sistemas (nivel 8) Grupos C y D |
18.707,27 €
/anual |
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Gestor/a telefónico/a (nivel 9) Grupo D: administración y operación |
18.052,54 €
/anual |
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Teleoperador/a u operador/a, auxiliar administrativo/a o personal de oficios propios (nivel 10) Grupos D y E: operación y servicios generales |
17.139,58 €
/anual |
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Fuente: BOE núm. 137, 9 de junio de 2023
Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.
Evolución salarial
| Categoría | 2024 | 2025 | 2026 |
|---|---|---|---|
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Directivo/a (nivel 1) Grupo A: dirección |
39.325,81 €
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40.426,93 €
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41.801,45 €
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Jefe/a de departamento o de área (nivel 2) Grupo A: dirección |
35.638,73 €
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36.636,61 €
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37.882,25 €
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Jefe/a de proyectos o analista funcional (nivel 3) Grupo C: técnicos de informática |
30.728,50 €
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31.588,90 €
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32.662,92 €
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Titulado/a superior, analista o técnico/a de sistemas A (nivel 4) Grupos B y C: técnicos |
25.818,28 €
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26.541,19 €
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27.443,59 €
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Titulado/a medio, técnico/a de sistemas B, analista-programador/a, programador/a senior, jefe/a de administración o responsable de servicios (nivel 5) Grupos B, C y D |
22.747,19 €
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23.384,11 €
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24.179,17 €
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Programador/a junior, técnico/a administrativo/a o supervisor/a A (nivel 6) Grupos C y D |
19.403,31 €
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19.946,60 €
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20.624,78 €
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Supervisor/a B (nivel 7) Grupo D: administración y operación |
18.523,35 €
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19.042 €
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19.689,43 €
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Coordinador/a, formador/a, agente de calidad, oficial administrativo/a o ayudante de sistemas (nivel 8) Grupos C y D |
17.599,36 €
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18.092,14 €
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18.707,27 €
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Gestor/a telefónico/a (nivel 9) Grupo D: administración y operación |
16.983,40 €
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17.458,94 €
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18.052,54 €
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Teleoperador/a u operador/a, auxiliar administrativo/a o personal de oficios propios (nivel 10) Grupos D y E: operación y servicios generales |
16.059,43 €
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16.576 €
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17.139,58 €
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Fuente: BOE núm. 137, 9 de junio de 2023
Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.
Permisos retribuidos y condiciones destacadas
- MatrimonioQuince días naturales, contados desde el primer día laborable para ti en que se produzca la boda (artículo 30.1.a).
- Enfermedad grave, accidente u hospitalización de un familiarEl convenio da 3 días por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo en casa de parientes hasta el segundo grado (artículo 30.1.b). La Audiencia Nacional anuló que fueran naturales (BOE de 22-02-2024) y que se tomen seguidos dentro de diez días (BOE de 10-08-2026). El Estatuto da hoy 5 días por estos hechos (artículo 37.3.b), que se aplican como mínimo.
- Fallecimiento de un familiarCuatro días naturales por el del cónyuge, padres, suegros, hijos o hermanos, y uno más con un desplazamiento de 200 km o más; dos días por el de otros parientes hasta el segundo grado, y cuatro con ese desplazamiento. Se cuentan desde el primer día laborable para ti tras el hecho. La Audiencia Nacional anuló que los dos días del segundo caso sean naturales, salvo con desplazamiento (artículo 30.1.c, d y e; BOE de 22-02-2024).
- Mudanza, bodas de familiares y deberes públicosDos días naturales por traslado del domicilio habitual, que no se suman al permiso de matrimonio; un día natural por la boda de padres, hijos o hermanos, el mismo día; y el tiempo indispensable para un deber público y personal inexcusable (artículo 30.1.f, g y h).
- MédicoHasta 35 horas retribuidas al año para ir a consultas de médicos de la Seguridad Social, avisando con la mayor antelación posible y justificándolo (artículo 30.2). Sin retribuir, el tiempo necesario para acompañar al médico a hijos menores de nueve años o ascendientes mayores de 65 a tu cargo (artículo 31).
- VacacionesTreinta y dos días naturales al año, que empiezan siempre en día laborable. Se pueden partir en periodos de 7 días seguidos, con preferencia por al menos 14 seguidos en verano, y cuatro días sueltos de mutuo acuerdo. Conoces tus fechas al menos dos meses antes (artículo 29).
- Pagas extraordinariasDos, en junio y en Navidad, que se pagan entre los días 15 y 20 de junio y de diciembre en proporción al tiempo trabajado en el semestre; ya están dentro del salario anual de la tabla. Se pueden prorratear en doce mensualidades por acuerdo individual (artículo 47).
- Jornada1.764 horas de trabajo efectivo al año y 39 a la semana. En las empresas que, aplicando otro convenio, paguen menos que este por tu grupo y nivel, la jornada máxima es de 1.597 horas al año (artículo 22).
- Periodo de pruebaComo máximo seis meses para el personal técnico titulado, un mes para el teleoperador de cualquier nivel, quince días para el personal no cualificado y dos meses para el resto (artículo 18).
- Incapacidad temporalPor accidente de trabajo, la empresa completa hasta el 100 % del salario de convenio desde el primer día. Por enfermedad, con baja: el 70 % del día 1 al 3 (con un tope de 9 días al año), el 75 % del 4 al 20 y el 100 % desde el 21, hasta un año; con hospitalización, el 100 % desde el primer día de la baja (artículo 70).
Guías para usar esta ficha
- Cómo leer la tabla salarial de tu convenio
- Cómo reclamar los atrasos del convenio
- Cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?
Esta página se verificó por última vez el 25 de octubre de 2026 contra BOE núm. 137.
¿Cuál es la vigencia de este convenio?
Va del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2026.
¿Cuál es la jornada anual de este convenio?
La jornada anual pactada es de 1764 horas.
¿Dónde se aplica este convenio?
Es un convenio de ámbito estatal: se aplica en toda España a las empresas que encajan en la actividad que él mismo define, sea cual sea la provincia.
¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?
Recoge 10 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Matrimonio, Enfermedad grave, accidente u hospitalización de un familiar, Fallecimiento de un familiar. Ver el listado completo más abajo.
¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?
Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.
¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?
Cada cifra es el salario base ANUAL bruto de tu nivel a jornada completa, con las dos pagas extra de junio y Navidad ya dentro: son 14 pagas, o 12 si pactas prorratearlas (artículo 47). Desde 2024 hay diez niveles: los antiguos 11 y 12 (auxiliar administrativo, teleoperador sin especialidad y oficios propios) pasaron al 10 (disposición transitoria segunda). Al lado van, sin sumarse, los recargos por cada festivo, festivo especial (25 de diciembre, 1 y 6 de enero, y el 24 y el 31 desde las 20:00) y domingo trabajados (artículo 49), el plus de idioma al mes cuando la empresa lo exige (artículo 48), el de nocturnidad por hora entre las 22:00 y las 6:00 (artículo 50) y el de transporte por día si entras o sales entre las 0:00 y las 6:00 (artículo 53). Con jornada parcial, todo en proporción. En 2025 el nivel 10 se subió al SMI (16.576 euros) por acta de la Comisión Paritaria.