Convenio colectivo de conservas, semiconservas, salazones, ahumados, cocidos, secados, preparaciones, semitransformados y productos conservados de pescados y mariscos (2025-2030)
Productos del mar · Ámbito estatal (toda España) · Vigencia 1 de enero de 2025–31 de diciembre de 2030
Las cifras son MENSUALES y brutas, en 14 pagas: doce mensualidades y dos extraordinarias de una mensualidad o 30 días, el 15 de julio y el 15 de diciembre (artículo 25); el total anual es el que imprime el BOE (la hora por 1.730 horas). La tabla de 2026 es PROVISIONAL: sube un 2,5 % y en enero de 2027 la comisión paritaria la revisa si el IPC de diciembre de 2026 es mayor, con atrasos (artículo 22). Hasta 2030 cada categoría cobra su tabla de origen más un "adicional de transición" hacia su nivel de la nueva clasificación (artículo 10), ya incluido en la cifra. En 2025 el personal de fabricación y de oficios varios cobraba por día (de 40,53 a 47,05 euros, BOE-A-2026-6388): esas categorías no muestran 2025. Las tablas de 2027 a 2030 del convenio son provisionales y no se publican hasta su revisión.
- Ámbito
- Estatal
- Código de convenio
- 99001315011981
- Vigencia
- 1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2030
- Jornada anual
- 1730 horas
- Firmantes
- FEICOPESCA, por las empresas; UGT-FICA y CC. OO. Industria, por las personas trabajadoras. Suscrito el 07-04-2026 y subsanado por acta de 22-05-2026.
- Última verificación
- ✓ verificado 20 de octubre de 2026 · cómo se verifica
Se aplica en toda España a las empresas que manipulan, conservan, elaboran o preparan pescados y mariscos (conservas, semiconservas, ahumados, cocidos, secados, salazones, aceite y harina de pescado) y a su personal, incluidos sus talleres auxiliares (artículos 1 a 3). Rige del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2030 y se prorroga por años si nadie lo denuncia con un mes de antelación (artículo 4). Los atrasos de 2025 se pagan durante 2026. La tabla de 2025 es la del acuerdo BOE-A-2026-6388, que la corrección de erratas BOE-A-2026-13635 repite.
Tabla salarial 2026 del convenio estatal de conservas de pescados y mariscos
Según la tabla salarial de 2026, los importes de este convenio van de 1.265,37 € al mes (Peón, Grupo 6.º Personal de oficios varios · nivel 10 de 2030) a 2.534,45 € al mes (Con título superior, Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030), en 14 pagas. Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.
| Categoría | Salario base | Complementos |
|---|---|---|
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Director de compras Grupo 1.º Personal técnico · nivel 1 de 2030 |
2.247,76 €
/mensual · 14 pagas |
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Director personal empresa Grupo 1.º Personal técnico · nivel 2 de 2030 |
2.224,29 €
/mensual · 14 pagas |
|
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Jefe de administración Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 2 de 2030 |
2.418,29 €
/mensual · 14 pagas |
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Director de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 2 de 2030 |
2.418,29 €
/mensual · 14 pagas |
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Con título superior Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
2.534,45 €
/mensual · 14 pagas |
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Con título no superior Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
2.206,99 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Director personal centro Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
1.995,68 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Director de fabricación Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
1.991,97 €
/mensual · 14 pagas |
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Jefe de sección administrativa Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 3 de 2030 |
2.148,91 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Jefe de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 3 de 2030 |
2.148,91 €
/mensual · 14 pagas |
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Jefe de zona Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 3 de 2030 |
2.148,91 €
/mensual · 14 pagas |
|
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Analista de sistemas Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 4 de 2030 |
2.176,09 €
/mensual · 14 pagas |
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Analista programador Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 4 de 2030 |
1.959,84 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Delegado de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 4 de 2030 |
2.148,91 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Encargado general Grupo 1.º Personal técnico · nivel 5 de 2030 |
1.778,19 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Encargado de sección Grupo 1.º Personal técnico · nivel 5 de 2030 |
1.715,17 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Oficial de primera (administración) Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 5 de 2030 |
1.758,42 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Vendedor Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 5 de 2030 |
1.758,42 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Almacenero (funciones de encargado) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 5 de 2030 |
1.617,55 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Oficial de segunda (administración) Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.597,78 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Programador de sistemas Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.597,78 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Programador Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.597,78 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Operador de sistemas y aplicaciones Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.454,44 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Operador de aplicaciones Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.454,44 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Vendedor merchandising Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 6 de 2030 |
1.597,78 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Conductor (vehículo pesado) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 6 de 2030 |
1.681,81 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Maestro (fabricación) Grupo 5.º Personal de fabricación · nivel 6 de 2030 |
1.340,75 €
/mensual · 14 pagas |
|
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Maestro (oficios varios) Grupo 6.º Personal de oficios varios · nivel 6 de 2030 |
1.464,32 €
/mensual · 14 pagas |
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|
Operador informático Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 7.1 de 2030 |
1.451,96 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Auxiliar (administración) Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 7.1 de 2030 |
1.408,71 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Merchandising Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 7.1 de 2030 |
1.408,71 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Almacenero (funciones técnicas) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 7.1 de 2030 |
1.585,42 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Oficial de primera técnico (fabricación) Grupo 5.º Personal de fabricación · nivel 7.1 de 2030 |
1.309,86 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Oficial de primera (oficios varios) Grupo 6.º Personal de oficios varios · nivel 7.1 de 2030 |
1.390,18 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Vigilante Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 7.2 de 2030 |
1.408,71 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Conserje Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 7.2 de 2030 |
1.408,71 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Oficial de primera (fabricación) Grupo 5.º Personal de fabricación · nivel 7.2 de 2030 |
1.306,15 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Ayudante informático Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 8 de 2030 |
1.286,38 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Promotor de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 8 de 2030 |
1.408,71 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Portero Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 8 de 2030 |
1.408,71 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Conductor (vehículo ligero) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 8 de 2030 |
1.681,81 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Oficial de segunda (fabricación) Grupo 5.º Personal de fabricación · nivel 8 de 2030 |
1.297,50 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Oficial de segunda (oficios varios) Grupo 6.º Personal de oficios varios · nivel 8 de 2030 |
1.346,93 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Ordenanza Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 9 de 2030 |
1.408,71 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Telefonista Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 9 de 2030 |
1.309,86 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Auxiliar (fabricación) Grupo 5.º Personal de fabricación · nivel 9 de 2030 |
1.287,61 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Ayudante Grupo 6.º Personal de oficios varios · nivel 9 de 2030 |
1.320,98 €
/mensual · 14 pagas |
|
|
Peón Grupo 6.º Personal de oficios varios · nivel 10 de 2030 |
1.265,37 €
/mensual · 14 pagas |
|
Fuente: BOE núm. 145, 15 de junio de 2026
Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.
Evolución salarial
| Categoría | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
|
Director de compras Grupo 1.º Personal técnico · nivel 1 de 2030 |
2.122,75 €
|
2.247,76 €
|
|
Director personal empresa Grupo 1.º Personal técnico · nivel 2 de 2030 |
2.122,75 €
|
2.224,29 €
|
|
Jefe de administración Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 2 de 2030 |
2.359,10 €
|
2.418,29 €
|
|
Director de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 2 de 2030 |
2.359,10 €
|
2.418,29 €
|
|
Con título superior Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
2.472,73 €
|
2.534,45 €
|
|
Con título no superior Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
2.153 €
|
2.206,99 €
|
|
Director personal centro Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
1.909,83 €
|
1.995,68 €
|
|
Director de fabricación Grupo 1.º Personal técnico · nivel 3 de 2030 |
1.905,67 €
|
1.991,97 €
|
|
Jefe de sección administrativa Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 3 de 2030 |
2.096 €
|
2.148,91 €
|
|
Jefe de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 3 de 2030 |
2.096 €
|
2.148,91 €
|
|
Jefe de zona Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 3 de 2030 |
2.096 €
|
2.148,91 €
|
|
Analista de sistemas Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 4 de 2030 |
2.122,75 €
|
2.176,09 €
|
|
Analista programador Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 4 de 2030 |
1.909,83 €
|
1.959,84 €
|
|
Delegado de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 4 de 2030 |
2.096 €
|
2.148,91 €
|
|
Encargado general Grupo 1.º Personal técnico · nivel 5 de 2030 |
1.734,53 €
|
1.778,19 €
|
|
Encargado de sección Grupo 1.º Personal técnico · nivel 5 de 2030 |
1.665,81 €
|
1.715,17 €
|
|
Oficial de primera (administración) Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 5 de 2030 |
1.715,49 €
|
1.758,42 €
|
|
Vendedor Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 5 de 2030 |
1.715,49 €
|
1.758,42 €
|
|
Almacenero (funciones de encargado) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 5 de 2030 |
1.546,76 €
|
1.617,55 €
|
|
Oficial de segunda (administración) Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.559,38 €
|
1.597,78 €
|
|
Programador de sistemas Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.558,28 €
|
1.597,78 €
|
|
Programador Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.558,28 €
|
1.597,78 €
|
|
Operador de sistemas y aplicaciones Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.417,11 €
|
1.454,44 €
|
|
Operador de aplicaciones Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 6 de 2030 |
1.417,11 €
|
1.454,44 €
|
|
Vendedor merchandising Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 6 de 2030 |
1.559,38 €
|
1.597,78 €
|
|
Conductor (vehículo pesado) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 6 de 2030 |
1.641,33 €
|
1.681,81 €
|
|
Operador informático Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 7.1 de 2030 |
1.417,11 €
|
1.451,96 €
|
|
Auxiliar (administración) Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 7.1 de 2030 |
1.373,93 €
|
1.408,71 €
|
|
Merchandising Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 7.1 de 2030 |
1.373,93 €
|
1.408,71 €
|
|
Almacenero (funciones técnicas) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 7.1 de 2030 |
1.546,76 €
|
1.585,42 €
|
|
Vigilante Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 7.2 de 2030 |
1.374,47 €
|
1.408,71 €
|
|
Conserje Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 7.2 de 2030 |
1.374,47 €
|
1.408,71 €
|
|
Ayudante informático Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 8 de 2030 |
1.240,31 €
|
1.286,38 €
|
|
Promotor de ventas Grupo 3.º Personal de comercialización · nivel 8 de 2030 |
1.373,93 €
|
1.408,71 €
|
|
Portero Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 8 de 2030 |
1.374,47 €
|
1.408,71 €
|
|
Conductor (vehículo ligero) Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 8 de 2030 |
1.641,33 €
|
1.681,81 €
|
|
Ordenanza Grupo 4.º Personal subalterno · nivel 9 de 2030 |
1.374,47 €
|
1.408,71 €
|
|
Telefonista Grupo 2.º Personal administrativo y de mecanización · nivel 9 de 2030 |
1.275,70 €
|
1.309,86 €
|
Fuente: BOE núm. 145, 15 de junio de 2026
Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.
Permisos retribuidos y condiciones destacadas
- Matrimonio o pareja de hechoQuince días naturales. Por pareja de hecho, una sola vez con la misma persona, y no cabe otra licencia si luego se casa con ella (artículo 19.a).
- Accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiarCinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado, o de quien conviva con la persona trabajadora y necesite su cuidado. Si el hecho dura menos, la licencia dura lo que el ingreso; se puede alargar sin sueldo con certificado médico (artículo 19.b).
- Fallecimiento de un familiarCinco días consecutivos por el cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos o nietos. Por parientes por afinidad hasta el segundo grado, dos días en la provincia o cuatro si hay que desplazarse (artículo 19.c y d).
- Traslado de domicilio y boda de un hijoUn día por cambio de domicilio y un día por la boda de un hijo si se celebra en día laborable (artículo 19.f y g).
- Médico propio y de familiaresHasta 20 horas al año para ir al médico o acompañar a hijos en edad pediátrica o a un padre o madre dependiente, a cuenta de las mismas horas que pagan el 50 % de los cinco primeros días de la primera baja del año; y 4 horas al año para acompañar al cónyuge o a hijos mayores de 14 años a pruebas que exijan acompañante (artículo 19.i y j).
- Deber público y lactanciaEl tiempo indispensable para un deber público inexcusable. Por lactancia de un hijo menor de nueve meses, una hora de ausencia, divisible en dos, o una hora menos de jornada al principio o al final (artículo 19.e y h).
- VacacionesVeintidós días laborables al año o la parte proporcional al tiempo trabajado. La empresa puede proponer dividirlas en dos periodos como máximo, salvo acuerdo con los representantes (artículo 35).
- Pagas extraordinariasDos al año, de una mensualidad o 30 días según se cobre por mes o por día, el 15 de julio y el 15 de diciembre. Quien entra o sale durante el año las cobra en proporción al tiempo trabajado (artículo 25).
- Jornada1.730 horas al año en cada año de vigencia del convenio, con un máximo de 9 horas ordinarias de trabajo efectivo al día (artículo 30).
- NocturnidadQuien trabaja entre las 22:00 y las 6:00 cobra un plus del 25 % de su salario real (artículo 29).
- Accidente de trabajoEn la baja por accidente de trabajo, también in itinere, la empresa completa hasta el total de las retribuciones netas que se cobrarían en activo, sin las pagas extraordinarias (artículo 26).
Otros convenios estatales de este sector
Guías para usar esta ficha
- Cómo leer la tabla salarial de tu convenio
- Cómo reclamar los atrasos del convenio
- Cómo comprobar si tu nómina cumple el convenio
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?
Esta página se verificó por última vez el 20 de octubre de 2026 contra BOE núm. 145.
¿Cuál es la vigencia de este convenio?
Va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2030.
¿Cuál es la jornada anual de este convenio?
La jornada anual pactada es de 1730 horas.
¿Dónde se aplica este convenio?
Es un convenio de ámbito estatal: se aplica en toda España a las empresas que encajan en la actividad que él mismo define, sea cual sea la provincia.
¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?
Recoge 11 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Matrimonio o pareja de hecho, Accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar, Fallecimiento de un familiar. Ver el listado completo más abajo.
¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?
Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.
¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?
Las cifras son MENSUALES y brutas, en 14 pagas: doce mensualidades y dos extraordinarias de una mensualidad o 30 días, el 15 de julio y el 15 de diciembre (artículo 25); el total anual es el que imprime el BOE (la hora por 1.730 horas). La tabla de 2026 es PROVISIONAL: sube un 2,5 % y en enero de 2027 la comisión paritaria la revisa si el IPC de diciembre de 2026 es mayor, con atrasos (artículo 22). Hasta 2030 cada categoría cobra su tabla de origen más un "adicional de transición" hacia su nivel de la nueva clasificación (artículo 10), ya incluido en la cifra. En 2025 el personal de fabricación y de oficios varios cobraba por día (de 40,53 a 47,05 euros, BOE-A-2026-6388): esas categorías no muestran 2025. Las tablas de 2027 a 2030 del convenio son provisionales y no se publican hasta su revisión.