VI Convenio colectivo sectorial estatal de servicios externos auxiliares y atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios (2025-2029)

Servicios ferroviarios · Ámbito estatal (toda España) · Vigencia 1 de enero de 2025–31 de diciembre de 2029

Las cifras son MENSUALES y brutas. El salario base va en 14 pagas: doce mensualidades y dos extraordinarias, el 15 de junio y el 15 de diciembre, de una mensualidad del salario base más la antigüedad (artículos 17 y 28). El plus convenio y el plus de responsabilidad se cobran al mes y no entran en las pagas. El salario base solo cambia entre los grupos I y II y el grupo III; lo que distingue a los mandos es el plus de responsabilidad (artículo 22; también lo cobra el oficial de taquilla). EN 2026 HAY DOS TABLAS: desde el 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de junio de 2027 los pluses de transporte y de vestuario (135,13 € al mes cada uno, extrasalariales) pasan al salario base (artículo 29.4), que en el grupo III sube de 888,31 a 1.119,95 € al mes. La fila de 2026 muestra el salario del 1 de enero y, al lado, el del 1 de julio; la subida pactada para 2026 es del 1 % (artículo 26). Por eso, entre 2026 y 2027 el salario base parece subir casi un 30 %: es el traslado de esos pluses más el 3 %. Desde el 1 de julio de 2027 los dos pluses se vuelven a cobrar aparte, además del salario base. Quien trabaja a tiempo parcial cobra, del 1-7-2026 al 30-6-2027, un plus de parcialidad para no perder con el cambio (artículo 22 bis). Las tablas de 2027 a 2029 son definitivas: no hay revisión por IPC. Además, en 2027 se pagan 1.600 € brutos a quien esté todo el año en la empresa, en dos plazos (artículo 26). En 2026 el salario base y el plus convenio del grupo III quedan, en el año, por debajo del salario mínimo interprofesional: nadie a jornada completa puede cobrar menos que el SMI, y el verificador lo aplica. No se cargan los pluses de idioma, quebranto de moneda, asistencia, nocturnidad, festivos, NOL ni la antigüedad: están en el BOE.

Ámbito
Estatal
Código de convenio
99015485012007
Fuente
BOE núm. 250, 8 de octubre de 2026
Vigencia
1 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2029
Jornada anual
1744 horas
Firmantes
AGESFER y UNECOFE, por las empresas; UGT y CC. OO., por las personas trabajadoras. Suscrito el 30-07-2026 y subsanado por acuerdo de 23-09-2026.
Última verificación
✓ verificado 22 de octubre de 2026 · cómo se verifica

Se aplica en toda España a las empresas que prestan, por encargo o concesión de quien explota la infraestructura o el transporte ferroviario, servicios de carros portaequipajes y de ayuda a personas con movilidad reducida, centros de atención al cliente, orientación en estaciones, información personalizada en trenes, control de plazas, aparcamientos ferroviarios, venta y cambio de billetes y máquinas de autoventa, y servicios auxiliares en oficinas ferroviarias (artículos 1 y 2). Rige del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2029 (artículo 3) y se prorroga de año en año si nadie lo denuncia en el último trimestre; denunciado, sigue en vigor hasta 18 meses mientras se negocia el siguiente (artículo 4).

Tabla salarial 2026 del convenio estatal de servicios auxiliares ferroviarios

Según la tabla salarial de 2026, los importes de este convenio van de 888,31 € al mes (Azafato/a, Grupo III. Personal auxiliar, y otras 9 categorías) a 919,00 € al mes (Jefe/a de servicio, Grupo I. Cuadros, y otras 5 categorías), en 14 pagas. A jornada completa, nadie puede cobrar en 2026 menos del salario mínimo interprofesional, 17.094,00 € al año, aunque la tabla marque menos. Antes de usar estas cifras, lee el aviso de arriba.

Esta es la tabla en vigor hoy. Este convenio ya tiene publicadas también las tablas de 2027, 2028 y 2029, que puedes ver más abajo en la evolución salarial.

Categoría Salario base Complementos
Jefe/a de servicio
Grupo I. Cuadros
919,00 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Plus de responsabilidad al mes: 221,08 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.150,65 €
Coordinador/a de servicio
Grupo II. Mandos intermedios
919,00 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Plus de responsabilidad al mes: 144,39 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.150,65 €
Azafato/a encargado/a
Grupo II. Mandos intermedios
919,00 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Plus de responsabilidad al mes: 105,45 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.150,65 €
Jefe/a de aparcamiento
Grupo II. Mandos intermedios
919,00 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Plus de responsabilidad al mes: 24,57 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.150,65 €
Oficial administrativo/a
Grupo II. Mandos intermedios
919,00 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.150,65 €
Adjunto/a (solo quien ya lo era al firmarse el convenio)
Grupo II. Mandos intermedios
919,00 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Plus de responsabilidad al mes: 55,29 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.150,65 €
Azafato/a
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Oficial de taquilla
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Plus de responsabilidad al mes: 55,29 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Auxiliar taquillero/a
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Agente de aparcamiento
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Auxiliar PMR
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Auxiliar
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Auxiliar de servicios centrales
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Auxiliar administrativo/a
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Ordenanza
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €
Conductor/a
Grupo III. Personal auxiliar
888,31 €
/mensual · 14 pagas
  • Plus convenio al mes: 164,60 €
  • Salario base al mes desde el 1 de julio: 1.119,95 €

Fuente: BOE núm. 250, 8 de octubre de 2026

Salario base de tabla. No incluye complementos variables no listados arriba (dietas, nocturnidad, festivos...) cuando el convenio los prevé pero no constan verificados.

Evolución salarial

Categoría 202520262027 (futura)2028 (futura)2029 (futura)
Jefe/a de servicio
Grupo I. Cuadros
909,90 €
919 €
1.185,17 €
1.241,84 €
1.286,04 €
Coordinador/a de servicio
Grupo II. Mandos intermedios
909,90 €
919 €
1.185,17 €
1.241,84 €
1.286,04 €
Azafato/a encargado/a
Grupo II. Mandos intermedios
909,90 €
919 €
1.185,17 €
1.241,84 €
1.286,04 €
Jefe/a de aparcamiento
Grupo II. Mandos intermedios
909,90 €
919 €
1.185,17 €
1.241,84 €
1.286,04 €
Oficial administrativo/a
Grupo II. Mandos intermedios
909,90 €
919 €
1.185,17 €
1.241,84 €
1.286,04 €
Adjunto/a (solo quien ya lo era al firmarse el convenio)
Grupo II. Mandos intermedios
909,90 €
919 €
1.185,17 €
1.241,84 €
1.286,04 €
Azafato/a
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Oficial de taquilla
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Auxiliar taquillero/a
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Agente de aparcamiento
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Auxiliar PMR
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Auxiliar
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Auxiliar de servicios centrales
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Auxiliar administrativo/a
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Ordenanza
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €
Conductor/a
Grupo III. Personal auxiliar
879,51 €
888,31 €
1.153,55 €
1.208,96 €
1.252,18 €

Fuente: BOE núm. 250, 8 de octubre de 2026

Salario base por año y categoría, tal como consta en cada tabla verificada. Útil para estimar el incremento pactado — usa la calculadora de atrasos para calcular la diferencia exacta de un periodo trabajado.

Permisos retribuidos y condiciones destacadas

Otros convenios estatales de este sector

Guías para usar esta ficha

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se verificó por última vez este convenio?

Esta página se verificó por última vez el 22 de octubre de 2026 contra BOE núm. 250.

¿Cuál es la vigencia de este convenio?

Va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2029.

¿Cuál es la jornada anual de este convenio?

La jornada anual pactada es de 1744 horas.

¿Dónde se aplica este convenio?

Es un convenio de ámbito estatal: se aplica en toda España a las empresas que encajan en la actividad que él mismo define, sea cual sea la provincia.

¿Qué permisos retribuidos recoge este convenio?

Recoge 12 permisos y condiciones destacadas, entre ellos Matrimonio o pareja de hecho, Accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar, Fallecimiento de un familiar. Ver el listado completo más abajo.

¿Puedo saber si mi nómina cumple este convenio?

Sí — usa el verificador de nómina de esta página, que compara lo que cobras con el salario mínimo de tabla para tu categoría.

¿Hay alguna reserva sobre los datos de esta página?

Las cifras son MENSUALES y brutas. El salario base va en 14 pagas: doce mensualidades y dos extraordinarias, el 15 de junio y el 15 de diciembre, de una mensualidad del salario base más la antigüedad (artículos 17 y 28). El plus convenio y el plus de responsabilidad se cobran al mes y no entran en las pagas. El salario base solo cambia entre los grupos I y II y el grupo III; lo que distingue a los mandos es el plus de responsabilidad (artículo 22; también lo cobra el oficial de taquilla). EN 2026 HAY DOS TABLAS: desde el 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de junio de 2027 los pluses de transporte y de vestuario (135,13 € al mes cada uno, extrasalariales) pasan al salario base (artículo 29.4), que en el grupo III sube de 888,31 a 1.119,95 € al mes. La fila de 2026 muestra el salario del 1 de enero y, al lado, el del 1 de julio; la subida pactada para 2026 es del 1 % (artículo 26). Por eso, entre 2026 y 2027 el salario base parece subir casi un 30 %: es el traslado de esos pluses más el 3 %. Desde el 1 de julio de 2027 los dos pluses se vuelven a cobrar aparte, además del salario base. Quien trabaja a tiempo parcial cobra, del 1-7-2026 al 30-6-2027, un plus de parcialidad para no perder con el cambio (artículo 22 bis). Las tablas de 2027 a 2029 son definitivas: no hay revisión por IPC. Además, en 2027 se pagan 1.600 € brutos a quien esté todo el año en la empresa, en dos plazos (artículo 26). En 2026 el salario base y el plus convenio del grupo III quedan, en el año, por debajo del salario mínimo interprofesional: nadie a jornada completa puede cobrar menos que el SMI, y el verificador lo aplica. No se cargan los pluses de idioma, quebranto de moneda, asistencia, nocturnidad, festivos, NOL ni la antigüedad: están en el BOE.